Baños de Valdearados regula la limpieza y vallado de solares
La ordenanza municipal obliga a desbrozar antes del 1 de junio y fija multas de hasta 3.000 euros por incumplimiento

El Ayuntamiento saca a subasta el aprovechamiento de la finca

Baños de Valdearados
El Ayuntamiento de Baños de Valdearados ha aprobado definitivamente la ordenanza municipal reguladora de la limpieza y vallado de solares y terrenos en suelo urbano y rústico, al no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública tras el acuerdo plenario adoptado el 17 de noviembre de 2025. El texto íntegro ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia para su general conocimiento.
La ordenanza regula las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público que deben cumplir todos los terrenos del término municipal, tanto en suelo urbano como rústico. La obligación de limpieza afecta con carácter general a todos los propietarios, usufructuarios o arrendatarios, mientras que el vallado será obligatorio en los solares situados en suelo urbano, pudiendo extenderse también a otros terrenos por razones de seguridad o salubridad.
La norma prohíbe expresamente arrojar basura, escombros, residuos o cualquier tipo de desperdicio en solares y parcelas, y obliga a mantenerlos en adecuadas condiciones, libres de restos orgánicos que puedan generar malos olores o favorecer la proliferación de animales y plagas. Los propietarios deberán realizar tareas periódicas de desratización y desinfección, comunicándolo previamente al Ayuntamiento si lo hacen por iniciativa propia.
Desbrozar para evitar incendios
En materia de desbroce, los titulares de terrenos deberán mantenerlos libres de vegetación susceptible de provocar incendios, con la obligación de realizar estas labores antes del 1 de junio de cada año y conservar las parcelas en buen estado durante todo el periodo estival. En el caso de suelo rústico colindante con suelo urbano, el desbroce deberá efectuarse en una franja de 20 metros desde el límite con el casco urbano.
Respecto al vallado, los solares sin edificar deberán cerrarse siguiendo las alineaciones oficiales y respetando la normativa urbanística vigente. Se prohíben materiales peligrosos en la coronación de las vallas, como alambres de púas o elementos cortantes, y las puertas no podrán invadir la vía pública al abrirse. Las obras de vallado tendrán la consideración de obra menor y requerirán la correspondiente declaración responsable.
El incumplimiento de las obligaciones podrá dar lugar a órdenes de ejecución por parte de la Alcaldía y, en caso de no atenderse, a la ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento a costa del propietario, además de la apertura del correspondiente procedimiento sancionador.
Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves. Las sanciones podrán alcanzar hasta 750 euros en el caso de infracciones leves, hasta 1.500 euros en las graves y hasta 3.000 euros en las muy graves, sin perjuicio de las responsabilidades urbanísticas que pudieran derivarse. Además de la multa, los responsables estarán obligados a reponer la situación alterada.

Vicente Herrero Carreter
Responsable de Informativos en la SER de Aranda. Presentador de Hora 14 Edición Ribera.




