La Junta Electoral ordena retirar dos vídeos del PSOE y abre un expediente sancionador a Martínez por propaganda electoral
Ambos vídeos fueron denunciados por el PP

El secretario general del PSOCyL y candidato a la Presidencia de la Junta, Carlos Martínez, interviene en el acto de presentación de la candidatura del PSOE a las Cortes de Castilla y León / Miriam Chacón ICAL

Valladolid
La Junta Electoral de Castilla y León ha emitido dos resoluciones en las que ordena la retirada de sendos vídeos difundidos por Carlos Martínez Mínguez, alcalde de Soria y candidato del PSOE a la Presidencia de la Junta, al considerar que vulneran la normativa electoral.
Las decisiones llegan tras dos denuncias presentadas por el Partido Popular, que acusaba al dirigente socialista de realizar actos de naturaleza electoralista con uso indebido de su posición institucional y de difundir propaganda prohibida antes del inicio oficial de la campaña.
Dependencias municipales
En la primera de las resoluciones, la Junta Electoral analiza un vídeo difundido en redes sociales por el PSOE de Castilla y León, compuesto por declaraciones realizadas por Martínez durante una rueda de prensa institucional en el Ayuntamiento de Soria.
El órgano electoral constata que el candidato empleó su condición de alcalde y las dependencias municipales —incluido el atril con el escudo oficial y el lema institucional— para lanzar mensajes con “clara connotación electoralista”, en los que contrapone su proyecto político al del Partido Popular e introduce expresiones como “Más de lo mismo o cambio” y “Comienza el cambio”.
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La Junta Electoral subraya que, aunque parte de las declaraciones se produjeran en respuesta a preguntas de periodistas, ello no exime al cargo público de su “deber de neutralidad” en este periodo.
El vídeo, difundido por las cuentas del PSOE en redes sociales, supone a juicio del organismo una quiebra del artículo 50.2 de la LOREG, que prohíbe expresamente la utilización de actos institucionales o recursos públicos para fines que puedan influir en la orientación del voto.
Por ello, ordena la retirada inmediata del vídeo de todas las redes sociales del PSOE y advierte de la posible comisión de un delito de desobediencia si no se cumple la resolución. Eso sí, la Junta decide no incoar expediente sancionador, al considerar que no existen precedentes y que las manifestaciones pudieron tener un componente de espontaneidad.
Propaganda electoral
El segundo acuerdo analiza otro vídeo difundido por el propio Martínez en sus redes sociales personales. En él explica a los ciudadanos cómo votar por correo, pero incorpora el mensaje: “Vota en las próximas elecciones porque tu voto garantiza el cambio”, acompañado del hashtag #atrevetealcambio, lema de campaña del PSOE.
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Hora 14 Castilla y León (13/02/2026)
El PP denunció que el vídeo constituía una petición de voto prohibida antes del inicio oficial de la campaña y la Junta Electoral coincide con este planteamiento, por lo que determina que el mensaje contiene una solicitud implícita pero inequívoca de sufragio.
A diferencia de la primera resolución, en este caso la Junta destaca que el acto fue plenamente deliberado lo que unido unida a la existencia de la resolución anterior, lleva al órgano electoral a considerar que podría existir un comportamiento reiterado.
Por ello, además de ordenar la retirada inmediata del vídeo, la Junta Electoral decide abrir un expediente sancionador contra Martínez, que podría derivar en sanciones económicas.




