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La Justicia condena al Ayuntamiento de Valdelugueros por mantener un padrón municipal inflado

El asunto fue llevado a los tribunales por el grupo municipal socialista en este ayuntamiento de la montaña

Ayuntamiento de Valdelugueros

Ayuntamiento de Valdelugueros

León

El Ayuntamiento de Valdelugueros ha sido condenado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de León por mantener durante años un padrón municipal que no reflejaba la residencia real del municipio.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Radio León, estima íntegramente el recurso presentado por tres concejales del Grupo Municipal Socialista y declara nulas varias resoluciones municipales relacionadas con la gestión del padrón, al considerar acreditada la existencia de empadronamientos irregulares y la falta de actuación del Ayuntamiento pese a los indicios existentes.

Empadronamientos sin residencia real

Según el fallo judicial, el Ayuntamiento, gobernado por el popular Emilio Orejas, ignoró señales claras de un padrón “inflado”. Durante el procedimiento, varias personas reconocieron ante el juez que figuraban empadronadas en Valdelugueros pese a residir habitualmente en otras localidades, en algunos casos únicamente para cumplir requisitos administrativos, como la obtención de licencias de caza.

La sentencia subraya además un dato especialmente relevante: frente a más de 500 personas empadronadas en el municipio, solo constan 178 tarjetas sanitarias activas, una diferencia que el juez considera incompatible con la realidad de un municipio rural y envejecido.

Obligación de revisar el padrón

El Juzgado ordena al Ayuntamiento iniciar de forma inmediata expedientes de revisión de oficio y baja padronal en los casos detectados, aunque aclara que no puede ordenar directamente las bajas para evitar indefensión de las personas afectadas, que deberán ser oídas en los correspondientes procedimientos administrativos.

Asimismo, declara nula la resolución municipal que negó a los concejales de la oposición el acceso telemático a la documentación solicitada, al considerar vulnerado su derecho fundamental a la información y a la participación política. El Ayuntamiento deberá facilitar ahora dicha información en formato electrónico.

El abogado que ha llevado el asunto, Víctor Álvarez Bayón, del despacho CORDAL Abogados, ha lamentado que hayan sido necesarios casi cinco años de litigio y que se llegue a las próximas elecciones con el padrón todavía sin revisar.

No obstante, destaca que “merece la pena pelear estos asuntos”, ya que el Ayuntamiento no ha recurrido la sentencia y, además, ha quedado acreditado que durante años se impidió a los concejales de la oposición acceder al padrón con excusas como la supuesta falta de fotocopiadora, cuando en realidad sí existían medios para facilitar esa información.

La sentencia condena también al Ayuntamiento de Valdelugueros al pago de las costas judiciales. Al no haberse presentado recurso, el fallo es firme.

María García Beberide

María García Beberide

Periodista. Contando historias en la radio desde 2002. Tras aprender el oficio en Radio Bierzo, aterriza...

 

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