Tribunales

Confirmada la condena a una madre por intoxicar a su hijo con cocaína y ansiolíticos

Tendrá que ingresar en prisión y cumplir una orden de alejamiento del pequeño que tenía dos años cuando ocurrieron los hechos

Audiencia Provincial de Ávila./Ser Ávila

Ávila

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de cuatro años y cuatro meses impuesta a una mujer por un delito de maltrato habitual a su hijo de corta edad y otro delito contra la salud pública por facilitarle la ingesta de cocaína y distintos psicofármacos.

La sentencia, con fecha de 4 de febrero de 2026, ha ratificado el fallo dictado el 25 de noviembre de 2025 por la Audiencia Provincial de Ávila.

ÁVILA, 19/11/2025.- La Audiencia Provincial de Ávila celebra este miércoles el juicio contra la acusada S.P.A., para quien el Ministerio Fiscal solicita 9 años y cuatro meses de prisión, por intentar acabar con la vida de su hijo el 10 de junio de 2020, suministrándole psicofármacos y cocaína en biberón, cuando vivía en un pueblo de la provincia. Ese mismo día, al parecer la procesada había decidido igualmente acabar con su propia vida ingiriendo una serie de fármacos, según las conclusiones provisionales del ministerio público. EFE/Raúl Sanchidrián / RAÚL SANCHIDRIÁN

Además de los cuatro años y cuatro meses de cárcel la sentencia también contempla la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por tres años y la prohibición de acercarse y comunicarse con su hijo durante cinco años.

El tribunal considera acreditado que la madre administró de forma reiterada a su hijo diazepam, venlafaxina y cocaína en los meses previos a junio de 2020, cuando tenía dos años.

Problemas de salud mental

La mujer que ha sido condenada nació en 1987 sufría desde los 16 años conductas de tipo impulsivo-límite por sobreingestas medicamentosas, conductas purgativas y atracones, por lo que necesitó ingresos en unidades de psiquiatría en marzo de 2017, noviembre de 2019 y enero de 2020.

La mujer siguió tratamiento psiquiátrico y psicológico en el Servicio de Psiquiatría de un hospital de la Comunidad de Madrid, y mostró una mejor resonancia afectiva, autocontrol y autonomía tanto en la interacción familiar como en sus responsabilidades laborales y maternales, por lo que en el mes de marzo de 2020 se traslada a vivir a un municipio de la provincia de Ávila junto a su hijo, nacido en 2018.

No obstante, la mujer comienza nuevamente a mostrar signos de desestabilizarse en el mes de junio de 2020 al presentar ideas de muerte pasivas, hasta que el día 10 de junio de ese año realiza un intento de suicidio que motiva su ingreso en psiquiatría del 10 al 17 de junio de 2020.

Un día después, el 11 de junio, mediante resolución de Tutela dictada por la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Ávila de la Junta se declaró en desamparo al menor por lo que dicha Gerencia de Servicios Sociales asumió la tutela del pequeño.

Desestimados los argumentos de la defensa

El TSJCyL ha desestimado íntegramente el recurso de apelación de la defensa, que alegaba vulneración de derechos fundamentales por la entrada de la Guardia Civil en el domicilio, falta de fiabilidad de las periciales toxicológicas, ruptura de la cadena de custodia del biberón intervenido y la aplicación del principio 'in dubio pro reo', así como la concurrencia de trastorno mental de la acusada.

La Sala ha entendido que no se ha producido vulneración de derechos fundamentales en la actuación policial, ha avalado la validez de los informes toxicológicos y ha rechazado la existencia de duda razonable sobre los hechos probados, al tiempo que ha considerado que el trastorno de personalidad y la patología psiquiátrica de la mujer no anulaban ni reducían de forma relevante sus capacidades de comprensión y voluntad en el periodo en que se produjeron las conductas por las que ha resultado condenada.