El Supremo confirma que una residencia de Palencia deberá pagar más de 122.000 € a su directora por acoso laboral
El máximo tribunal dicta una providencia que hace firme la condena por acoso laboral, despido nulo y extinción de la relación laboral en la residencia de Ampudia

Escudo de España en la fachada del edificio del Tribunal Supremo / Jesús Hellín - Europa Press - Archivo (EUROPA PRESS)

Palencia
La larga batalla judicial emprendida por la directora de una residencia de personas mayores de Ampudia (Palencia) concluye de forma definitiva tras la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina presentado ante el Tribunal Supremo. Con esta decisión, comunicada recientemente, quedan firmes todas las resoluciones judiciales anteriores que determinaron la existencia de acoso laboral, la vulneración de derechos fundamentales, la nulidad del despido y la extinción de la relación laboral. La trabajadora ha estado representada por la abogada Amaya Rodríguez de AFYSE Abogados.
Hostigamiento contra la directora
Los tribunales, en un litigio en el que los entonces responsables, un hombre y una mujer con parentesco, figuraban como codemandados, ya habían acreditado que la directora sufrió un proceso continuado de hostigamiento dentro del centro, con descalificaciones, presiones, aislamiento deliberado y un deterioro progresivo de su salud emocional y profesional. Estas situaciones fueron corroboradas mediante testigos, informes profesionales, documentación interna y un acta de infracción muy grave emitida por la Inspección de Trabajo.
La empresa intentó posteriormente justificar un despido disciplinario que los jueces consideraron injustificado, declarando su nulidad y reconociendo que la decisión se adoptó en un contexto de vulneración de derechos fundamentales. El Tribunal Superior de Justicia también confirmó íntegramente la sentencia previa, señalando de manera rotunda que lo ocurrido no era un conflicto laboral ordinario, sino un acoso reiterado y grave que atentaba contra la dignidad de la trabajadora.
Estas son las indemnizaciones
Con la inadmisión del recurso ante el Tribunal Supremo, las cantidades económicas reconocidas a la directora se pueden ejecutar ya de forma plena. El total asciende a 122.350,07 euros, resultado de:
- 8.036,19 € por indemnización equivalente al despido improcedente
- 75.000 € de indemnización mínima
- 6.584,08 € como plus indemnizatorio
- 2.728,80 € por vacaciones no abonadas
- 30.001 € por daños y perjuicios derivados del acoso (condena a la empresa y a los propietarios de entonces, los codemandados que deberán abonar solidariamente)
Total: 122.350,07 €
Y además los salarios
Además, la empresa deberá abonar los salarios de tramitación generados desde la fecha del despido hasta la resolución judicial que declaró extinguida la relación laboral, lo que incrementará significativamente la cifra final.
El fallo firme certifica que no quedan ya vías legales para recurrir y que la responsabilidad económica y laboral de la empresa y de los responsables directos del centro queda definitivamente establecida. Para la trabajadora, este cierre supone el reconocimiento completo de una situación de acoso laboral sustentada en abundante prueba y respaldada por todas las instancias judiciales que intervinieron en el caso.




