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La justicia da la razón a la alumna de Canet de Mar que pidió más clases en castellano

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya confirma las medidas cautelares que ya se estaban aplicando en la clase de la menor, que además de la asignatura de lengua y literatura, hace matemáticas en castellano

Escola Turó del Drac, a Canet de Mar, amb una pintada a favor de l'escola en català / EUROPA PRESS (EUROPA PRESS)

Escola Turó del Drac, a Canet de Mar, amb una pintada a favor de l'escola en català

Barcelona

El tribunal adapta su mandato a la nueva legislación en materia educativa y a diferencia de lo que había hecho en casos precedentes, no impone ni un porcentaje concreto de uso del castellano ni habla tampoco de materias troncales, pero si se se ratifica en el fondo de la cuestión: mientras la niña siga escolarizada en ese centro educativo -l'escola Turó del Drac de Canet de Mar- tiene derecho a que alguna materia o área de conocimiento, más allá de la lengua y literatura castellana, se impartan en la lengua oficial del estado. El texto de la sentencia, contra la que cabe recurso, reconoce el derecho de la familia demandante a que "mientras que su hija permanezca escolarizada en el sistema educativo catalán, reciba de forma efectiva en castellano, aparte del área de conocimiento, competencia clave, asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de dicha lengua, una o unas áreas de conocimiento, competencias clave, materias o asignaturas adicionales que, por su importancia en el conjunto del currículo y su carga lectiva, puedan ser consideradas como principales."

No le valen al tribunal las explicaciones de la directora del centro en el sentido de que el profesorado utiliza materiales audiovisuales en las dos lenguas, en función de las circunstancias y revisados los horarios establecidos, entiende la sala que el uso que se está haciendo del castellano dentro del horario lectivo es "residual" y no cumple "el patrón establecido en la reiterada doctrina constitucional" que ya ha dejado claro que el sistema de inmersión lingüística que se aplica en el sistema educativo catalán "no es equivalente a monolingüismo". Insiste el Tribunal que ese monolingüismo podría ser aceptado en un sistema con doble oferta, como el de Euskadi, pero no en el sistema educativo catalán, que establece que los alumnos no pueden ser separados por razón de lengua. "Al respecto, debe indicarse que un sistema de inmersión, como el utilizado en el centro aquí examinado, podría tener viabilidad en una enseñanza gratuita binaria o de opción lingüística, pero presenta unos límites en un modelo único integral de enseñanza gratuita para todos los alumnos, como es el sistema educativo de Cataluña, donde debe respetarse la cooficialidad de las lenguas y el derecho de los alumnos y alumnas a recibir un mínimo de enseñanza en castellano".

El tribunal cuestiona también uno de los argumentos en los que siempre insiste la Generalitat en defensa de la inmersión, en el sentido que el sistema educativo catalán garantiza que al acabar cuarto de ESO los alumnos tienen un dominio equivalente de catalán y castellano. "Si bien el objetivo establecido en la normativa catalana de educación es el dominio de ambas lenguas a la finalización de los estudios- argumenta el tribunal- no puede prescindirse del hecho de que existen situaciones de movilidad, esto es, de alumnos que solo están transitoriamente en el sistema educativo catalán, por lo que no pueden crearse etapas educativas de inmersión que puedan perjudicar a estos alumnos".

Soledad Domínguez

Soledad Domínguez

Redactora de informativos en Ràdio Barcelona, especializada en Educación. Siempre que me dejan, me cuelo...

 

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