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El Supremo llevará al pleno el debate para sentar jurisprudencia sobre la eutanasia

Más de 30 magistrados del Alto Tribunal decidirán en mayo si los familiares de pacientes eutanásicos están legitimados para oponerse a su muerte digna

Una foto de archivo sobre la eutanasia.

Una foto de archivo sobre la eutanasia. / Getty Images

Una foto de archivo sobre la eutanasia.

Barcelona

El Tribunal Supremo ha avocado al pleno el debate para sentar jurisprudencia sobre la eutanasia y la legitimación de terceros, según ha sabido la Cadena SER. Eso quiere decir que los 34 magistrados que conforman la sala Contenciosa-Administrativa debatirán en pleno si los familiares de pacientes eutanásicos están legitimados para oponerse a su muerte digna. Fuentes del Alto Tribunal aseguran a la SER que el pleno está previsto para el mes de mayo.

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El debate llega a raíz del recurso que presentó la Generalitat de Cataluña y que avanzó la Cadena SER, en oposición a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que legitimó a un padre, de 95 años, a oponerse a la muerte asistida de su hijo de 55 años pese a contar -su muerte digna- con aval médico. Se trata del caso de Francesc Augé, el segundo paciente, que lleva más de un año y medio con la muerte asistida paralizada por los recursos de su padre, como le sucedió a Noelia, la joven que ayer murió al recibir la eutanasia tras una agonía judicial de 601 días. El supremo tiene pendiente decidir sobre este asunto desde junio del 2025, cuando la Generalitat presentó el recurso.

Augé también debía morir dignamente en agosto de 2024 porque en los últimos años ha sufrido cuatro ictus y dos infartos y arrastra secuelas físicas que le condicionan el habla y la movilidad y le impiden, por ejemplo, seguir durante mucho rato el hilo de una conversación. Por eso, pidió la eutanasia y tras pasar por varias evaluaciones el comité de médicos y expertos de la eutanasia avaló su muerte digna. Sin embargo, el 8 de agosto de hace dos años la prestación quedó paralizada por el recurso que presentó su padre.

En ese caso, la jueza rechazó la demanda, alegando que la muerte asistida es un derecho personalísimo. Sin embargo, el padre del paciente lo recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que dio la razón al anciano y concluyó que el padre estaba legitimado y que el caso debía volver a juicio. 596 días después, la muerte digna de Francesc Augé sigue atrapada en los tribunales, para desesperación del paciente. "No descarto suicidarme", aseguraba en una entrevista a la SER cuando se cumplía un año de paralisis judicial.

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La vicepresidenta del Comité de Bioética de Cataluña lamenta "la fisura" aprovechada por el padre de Noelia y Abogados Cristianos para retrasar casi dos años su eutanasia

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El conflicto: quién está legitimado para recurrir una eutanasia

Para evitar más casos como este, la Generalitat de Cataluña, que defiende la muerte asistida del paciente y el criterio de los médicos, presentó un recurso para que el Supremo desempatara dado, ya que el propio TSJC reconodía que "no se cuenta aún con suficientes precedentes jurisprudenciales referidos al ejercicio práctico del derecho a la eutanasia" y conviene "dotar de seguridad jurídica y promover una interpretación y aplicación igualitaria de la ley".

El conflicto se centra en quién está legitimado para recurrir la eutanasia. Según el TSJC, existe un "interés legítimo para quien invoca una relación paterno-filial", sin otro tipo de condicionantes. De hecho todo lo contrario, el alto tribunal catalán señaló que "incluso en situaciones de desencuentro o conflictos familiares prolongados permanece la esencia de la preocupación paterno-filial".

La Generalitat critica, sin embargo, que la interpretación del TSJC "se articula sobre la mera concurrencia de una relación familiar (en este caso, padre-hijo)" pero "ni delimita qué grado de relación familiar es suficiente", "ni exige elementos que cualifiquen esa relación", ni incluye "parámetros valotarivos" sobre la proximidad familiar: "como la convivencia, intensidad de la relación, contacto habitual u otros análogos".

La Generalitat adviertió del "daño para los intereses generales" que se derivan de la lectura que ha hecho hasta ahora el TSJC y que supone, de facto, la paralización de la muerte asistida de aquellas personas cuya familia se oponga a su muerte digna. Para demostrar-lo, expuso los datos de solicitantes de eutanasia en Cataluña.

824 personas solicitaron la eutanasia entre 2021 y 2024

Entre 2021 y 2024, 824 personas pidieron la muerte digna, que se concedió a poco más que la mitad de los pacientes, a 445 personas (54%). Estas, de media, tardaron 63 días en morir dignamente. "La experiencia derivada de los dos casos existentes en Catalunya -en que la eutanasia ha sido judicializada por oposición de sus familiares- evidencia que la suspensión cautelar de la prestación provoca una paralización sine die del derecho del paciente, que pasa de ejecutarse en una media de 63 días a quedar diferido durante meses o incluso años". En el caso de Noelia, el único antecedente a Francesc, la muerte asistida se ha producido tras 601 días de paralisis judicial.

Además, "el Tribunal Constitucional ha recordado que el derecho fundamental a la vida y la dignidad personal tiene carácter personalísimo y ello impide su invocación por parte de un tercero a excepción de determinados suspuestos". Pero los casos planteados por el Constitucional, "en todos los supuestos, sin excepción" hacían referencia a tutores legales de menores o personas con incapacidad que tenían sobre los afectados una obligación de cuidado, no a adultos con capacidad de decisión como los casos actualmente judicializados.

Andrea Villoria

Andrea Villoria

Periodista especializada en información judicial, policial y de emergencias. En Radio Barcelona desde...

 

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