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Sociedad

Aprobada en El Molar la revisión del contrato de limpieza viaria por las quejas sobre la deficiencia del servicio

El procedimiento de revisión se aprueba en base al informe emitido por el secretario municipal y las quejas generales por la deficiencia del servicio, cuyo contrato fue concedido con un período de vigencia de 20 años

Yolanda Sanz, alcaldesa en funciones de El Molar, sobre la revisión del contrato de limpieza viaria de la localidad

Yolanda Sanz, alcaldesa en funciones de El Molar, sobre la revisión del contrato de limpieza viaria de la localidad

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El Molar

La revisión del contrato de limpieza viaria en El Molar llega tras su aprobación, en el pleno municipal del mes de mayo, con los votos a favor de Ciudadanos, PSOE, PP, Podemos y Vox y la abstención del grupo Marca Media. Ello se debe al informe emitido por el secretario municipal, a solicitud de la alcaldía, por las continuas quejas de vecinos y personal municipal por la deficiencia de este servicio de limpieza, cuyo contrato fue concedido en 2008 y cuyo período de vigencia durará hasta 2028, con posibilidad de prórrogas anuales.

Un contrato modificado en 2012

El informe emitido por secretaría presenta varias conclusiones. La primera versa sobre el incumplimiento del artículo 92 de la Ley 30/2007 del 30 de noviembre, de Contratos del Sector Público, lo que supone un acto administrativo viciado de nulidad de pleno derecho del acuerdo adoptado en la Sesión de Junta de Gobierno Local en junio de 2012, donde se modificó dicho contrato, y lo que supondría la revocación. Por otro lado, se sostiene que el acuerdo se adoptó sin cumplir ninguno de los requisito exigidos en dicha ley, alternado, además, las condiciones esenciales de licitación y adjudicación del contrato, por cuanto que la modificación acordada variaba en la función y características esenciales de la prestación inicialmente contratada, así como alteraba la relación entre la prestación contratada y el precio, tal y como esta quedó definida por las condiciones de la adjudicación.

En tercer lugar, se señala la inexistencia de informes, técnicos, jurídicos, o económicos, que justifiquen la modificación contractual acordada y que, por tanto, sirviera de motivación al acuerdo adoptado, en pos del interés público en juego, especialmente, al tratarse de un contrato de servicio público de larga duración.

Se insta a un acuerdo de incoación del acuerdo de modificación actual

Por último, se insta a que se adopte, por parte del Pleno Municipal, un acuerdo de incoación de expediente de declaración de nulidad de pleno derecho del acuerdo de 2012, previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma y, con carácter previo a este último, previa audiencia del concesionario del servicio público.

El informe completo puede consultarse de forma online en la web municipal.

 
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