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La justicia tumba la moratoria para que las furgonetas B puedan entrar en el centro de Madrid y que Almeida coló en la Ordenanza de Limpieza

El TSJM argumenta que la medida no tiene nada que ver con el contenido de la normativa en la que se incluyó y que debió someterse a información publica. Además, condena al Ayuntamiento a pagar las costas

Cartel de la Zona de Bajas Emisiones del Distrito Centro de Madrid / EDUARDO PARRA / EUROPA PRESS

Cartel de la Zona de Bajas Emisiones del Distrito Centro de Madrid / EDUARDO PARRA / EUROPA PRESS

MADRID

Tras reunirse con los transportistas en diciembre del año pasado el alcalde de Madrid, José Luís Martínez Almeida, anunció una moratoria para que los vehículos de mercancías con etiqueta B pudieran seguir accediendo hasta el 31 de diciembre de 2023 a la Zona de Especial Protección Distrito Centro. Ésta fue, además, una de las exigencias del grupo municipal de Vox para sentarse a negociar los presupuestos. El equipo de gobierno eligió una fórmula muy poco habitual para aprobar esta excepción y fue a través una enmienda a la nueva ordenanza de limpieza que se debatió y aprobó en el pleno municipal de ese mismo mes de diciembre y con la que se modificaba la ordenanza de movilidad aprobada en septiembre de 2021.

Tanto Más Madrid como PSOE recurrieron en los tribunales al entender que esta medida suponía una regresión en materia ambiental que atenta contra la salud de los madrileños. También denunciaron lo que desde su punto de vista suponía una vulneración del derecho fundamental de participación en los asuntos públicos al omitirse el trámite de información pública. En sus escritos, los dos grupos municipales dejaban claro que el cambio introducido en la Ordenanza de Limpieza no era puntual o accesorio sino un cambio sustancial de otro texto reglamentario, la Ordenanza de Movilidad, “operado por la puerta de atrás y sin ningún tipo de conexión sustantiva, ni procedimental entre ambas normas”.

Ahora dos sentencias de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dan la razón a ambos grupos y lo hacen con estos argumentos:

“No solo la enmienda introducida supone una modificación sustancial del texto sometido a información pública, sino que además tampoco presenta una mínima relación de homogeneidad con el proyecto aprobado, pues su objeto ni siquiera es alterar el contenido de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular, sino modificar otro texto normativo como es la Ordenanza de Movilidad Sostenible.”

En consecuencia el TSJM declara nula la disposición final que permite la moratoria de un año para que los vehículos de mercancías puedan seguir accediendo a la ZBEEP Distrito Centro y condena al Ayuntamiento al pago de las costas.

Para la portavoz de Más Madrid, Rita Maestre, es evidente que con esta decisión las justicia vuelve a sacar los colores a Almeida y tumba “la chapuza con la que el alcalde quiso recortar Madrid Central”. Desde el grupo municipal le exigen que no se esconda, que no recurra la sentencia y que rectifique.

En la misma línea de pronuncia el portavoz del PSOE en materia de movilidad, Ignacio Benito, que cree que los jueces “han dejado claro que el máximo responsable en garantizar que se cumplan las normas y ordenanzas en la ciudad ha sido el el primero en saltárselas”. Piensa que Almeida se siente más cómodo “de trilero que ejerciendo como alcalde”.

 
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