El Ayuntamiento de Madrid reconoce en un informe que la estación de Metro en el Parque de Arganzuela incumple las normas urbanísticas
El documento de la Dirección General de Planeamiento recuerda que el suelo está calificado como zona verde y eso es incompatible con construir allí una estación de Metro
Madrid
La Comunidad de Madrid acaba de aprobar la Declaración de Impacto Ambiental Simplificada (DIAs) del proyecto modificado para ampliar la línea 11 de Metro. Durante el procedimiento de tramitación distintos organismos y administraciones han elaboran sus propios informes con los comentarios y sugerencias que consideran oportunos en relación al proyecto. Uno de esos informes lo ha redactado la Dirección General de Planeamiento Urbanístico del Ayuntamiento de Madrid. El texto, con fecha del 8 de septiembre de 2023, analiza la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico vigente y los usos del suelo. En el punto 5 del documento, bajo el epígrafe “Informe Relativo al Proyecto de Urbanización”, la Dirección General de Planeamiento deja claro que ni las Normas Urbanísticas Vigentes, ni la modificación de las mismas que en ese momento estaba tramitando el Ayuntamiento, permiten que una zona verde se vea afectada u ocupada por una instalación con uso Dotacional para el Transporte como es una estación de Metro o los accesos a la misma. Hay que tener en cuenta que el Parque de Arganzuela tiene un nivel de protección 2 lo que implica ,según la normativa urbanística. la incompatibilidad con construcciones subterráneas.
En el apartado de conclusiones el texto es todavía más claro: “Las instalaciones de Metro de Madrid tienen, urbanísticamente, la consideración de uso Dotacional para el Transporte. Las afecciones y ocupaciones en superficie derivadas de los accesos a las estaciones previstas con este uso sobre suelos con calificación de equipamiento o de zonas verdes, no son compatibles con el Planeamiento urbanístico conforme a las Normas Urbanísticas”.
La propia Dirección de Planeamiento insta a la Comunidad de Madrid a que resuelva esa incompatibilidad y propone dos alternativas: adecuando el contenido del Proyecto modificado a las calificaciones urbanísticas vigentes, o en su caso, con la tramitación de un Plan Especial de Mejora de Redes Públicas.
La solución que ha encontrado la Comunidad es aplicar él artículo 163 de la Ley del Suelo que le permite aprobar obras disconformes con el planeamiento teniendo en cuenta que son de interés general. Desde Más Madrid, Álvaro Fernández Heredia puntualiza que el interés general prima siempre y cuando no haya una alternativa viable y en este caso, insiste, si la hay: sacar la estación fuera del parque, tal y como reclaman los vecinos y los grupos de la oposición. Para el concejal, seguir adelante con el proyecto sin asumir que se está está incumpliendo el planeamiento urbanístico “está ya rozando la prevaricación”.
Con la evaluación ambiental ya aprobada, la Comunidad de Madrid trasladará al Ayuntamiento la solicitud de tala, detallando qué árboles se quieren talar y cuáles trasplantar. Es cuestión de días que el Consistorio autorice esas talas.