Abierto el plazo en Soto del Real para solicitar la bonificación del IBI por la instalación de paneles solares
La bonificación será del 25% para los vecinos que realicen o hayan realizado este tipo de instalación en su vivienda durante los dos años siguientes a dicha concesión
Alcobendas
Los vecinos de Soto del Real ya pueden solicitar la bonificación del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) por la instalación de paneles solares. Se trata de una bonificación del 25%, aprobada en pleno municipal el 30 de noviembre, de la cuota íntegra de dicho impuesto para quienes realicen (o hayan realizado) una instalación de estos paneles en su vivienda durante los dos años siguientes a la concesión la bonificación.
En el caso de los inmuebles sujetos a régimen de división horizontal, sólo podrán beneficiarse de esta bonificación los propietarios que hayan participado en la instalación compartida del sistema de energía solar. Además, la bonificación total a aplicar no podrá superar el 50% del coste que supusiera la instalación a cada propietario.
Por otro lado, será imprescindible que los sistemas instalados cumplan estrictamente la normativa específica en la materia, y sólo se recibirá la bonificación por la primera instalación realizada en cada inmueble, independientemente de que, después, se realicen ampliaciones, renovaciones o modificaciones.
Las solicitudes podrán realizarse en cualquier momento, siempre y cuando sea antes de que termine el período de dos años desde que se finalice o legalice la instalación en cuestión. Deberán presentarse acompañadas de una declaración responsable, comunicación previa o copia de la licencia concedida para la instalación del sistema de aprovechamiento de la energía solar; del Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión (CIE) o del “Boletín de la instalación eléctrica”. De igual modo, para que se pueda tramitar la solicitud, será necesario tener domiciliado el pago del IBI para el que se solicita la bonificación; que todos los titulares del inmueble estén al corriente del pago en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Soto del Real; haber presentado la licencia de obra o declaración responsable por la instalación que sea objeto de la bonificación, que las instalaciones para la producción de calor incluyan colectores homologados por la Administración correspondiente y que la potencia mínima de la instalación sea de 1,5 kWp (kilovatio pico).