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Los titulares de las piscinas de Sanse ya pueden presentar la documentación para su apertura

Arranca el Programa Municipal de Vigilancia y Control de Piscinas para un verano sin riesgos, en donde se incluye la comunicación de apertura de las instalaciones

Arranca el Programa Municipal de Vigilancia y Control de Piscinas para un verano sin riesgos, en donde se incluye la comunicación de apertura de las instalaciones / Ayunta

San Sebastián de los Reyes

Da comienzo en San Sebastián de los Reyes el Programa Municipal de Vigilancia y Control Sanitario de Piscinas de Verano, con el objetivo de reducir el riesgo de posibles accidentes y enfermedades asociadas al uso de estas instalaciones. Así, los titulares de las piscinas privadas ya pueden presentar la documentación pertinente, mediante Registro Electrónico, antes de su apertura.

La documentación que deberá presentarse se compone del impreso de la comunicación de apertura de las piscinas, el análisis físico-químico y microbiológico del agua de los vasos y del agua de pozo en el caso de las piscinas con agua de esa procedencia y el NIF o CIF del titular de la instalación cuando sea de nueva apertura, además de la disposición de la documentación en las propias instalaciones de cara a la Inspección Sanitaria.

Por su parte, todas las piscinas deben cumplir unas condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad en cuanto a las estructuras, materiales de construcción y equipamientos, debiendo mantener, también, unos criterios de calidad del agua y del aire en el caso de las piscinas cubiertas.

También es obligatorio tener socorrista para todas las piscinas comunitarias, quedando exentas de este requisito sólo aquellas pertenecientes a las comunidades de menos de 30 viviendas.

En cuanto a la seguridad, las piscinas cuya suma de los metros cuadrados de superficie de agua oscilen entre los entre 500 y 1.000 metros en adelante, deberán tener personal de enfermería o médico en servicio permanente. Por otro lado, para evitar los ahogamientos, es fundamental que las piscinas estén adecuadamente protegidas, evitando el acceso de los niños cuando no estén abiertas o estableciendo la obligatoriedad de que estén acompañados de un adulto en el caso de que no haya socorrista.

Por último, en materia de sanidad, para prevenir la propagación de enfermedades contagiosas, se deberán mantener medidas preventivas como la limpieza diaria de las instalaciones, el tratamiento y la desinfección del agua y las medidas correspondientes antes del baño. Además, es imprescindible que se realicen tratamientos de desinfección, manteniendo la adecuada concentración de cloro o de otro desinfectante autorizado para eliminar los gérmenes que puedan poner en peligro la salud de los bañistas.

 
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