Hasta octubre los agricultores madrileños deben informar sobre el uso de maquinaria para evitar incendios
El protocolo consiguió que el año pasado no se produjera ningún incendio por esta causa en la Comunidad de Madrid
Alcobendas
El Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid recoge la obligatoriedad de que los agricultores informen antes de utilizar, a menos de 400 metros de los terrenos, cualquier elemento que pueda generar chispas, deflagración o descargas eléctricas. Esta comunicación, obligatoria hasta el 31 de octubre y coincidiendo con el periodo de mayor riesgo de incendios por las altas temperaturas, se hace a través del teléfono gratuito 900 720 300, en el que deben indicar solo el lugar y horario estimado de la actuación.
El Cuerpo de Agentes Forestales es el encargado de verificar que se apliquen las medidas preventivas no solo dirigidas a evitar incendios forestales, también en acabar con la interferencia de las labores del campo en la reproducción de aves protegidas de hábitos esteparios, como los aguiluchos, avutardas o sisones.
Las cosechadoras incorporarán medios de extinción para atajar cualquier conato de incendio, siendo obligatorios dos batefuegos, dos extintores de polvo de al menos seis kilogramos cada uno o mochilas de agua. Además, debe haber un observador para vigilar a una distancia prudencial, equipado con un teléfono móvil para avisar al 112 en caso de ser necesario.
La Comunidad de Madrid ha afirmado que gracias a este protocolo el año pasado no se produjo ningún siniestro por esta causa en la región, a pesar de que se ha demostrado que la negligencia o imprudencia en el uso de maquinaria es una de las principales causas, y puede suponer un delito medioambiental.