Sociedad

Conflicto laboral en un centro de acogida del Ayuntamiento de Madrid: Integradores Sociales denuncian su contratación con una categoría profesional inferior

CC.OO ha denunciado a la asociación ASISPA que gestiona el programa de actividades socioeducativas del centro de acogida San Isidro por contratar como monitores a Integradores Sociales

Cartel del Centro de acogida de San Isidro, en Madrid (España) / Óscar Cañas - Europa Press

Madrid

El conflicto se remonta varios años atrás, pero es ahora cuando llega a los tribunales. El próximo día 28 la justicia estudiará la petición de estos trabajadores, 11 en total, encargados del programa de actividades socioeducativas en el Centro de Acogida para Personas Sin Hogar San Isidro. Han sido contratados como monitores a pesar de contar con una categoría profesional superior, la de Integradores Sociales. De hecho, es uno de los requisitos que se exige en los pliegos del contrato del servicio. En el apartado de titulación requerida y funciones generales del personal se especifica que “los monitores tendrán una formación mínima de Módulo de Integración social de Formación Profesional”.Es decir, se le exige tener una titulación correspondiente con Integración social propia del grupo profesional 2 y se les contrata como monitores, pertenecientes al grupo 3, con lo que su sueldo es más bajo ya que cobran por una categoría profesional inferior a la suya.

Tras intentar negociar directamente con ASISPA y no lograr ningún avance los trabajadores recurrieron a la mediación, aunque también sin éxito. El único respaldo lo han conseguido en la comisión paritaria, donde la patronal del sector les dio la razón al entender que si se les exige tener una titulación en Integración Social deben ser contratados como integradores sociales. Ante la negativa de la empresa a modificar su relación laboral han acudido a la vía judicial y ya han recibido la citación para el próximo 28 de octubre.

Borja Cañadas, delegado de personal de CC.OO y uno de los trabajadores afectados asegura que en su día a día asumen funciones que exceden al perfil de monitor. Además de actividades y talleres, realizan labores de aseo y acompañamiento a personas que necesitan ir al médico o hacer algún tipo de trámite, también gestiones administrativas y labores de mediación. Fuentes del área de Políticas Sociales aseguran, sin embargo, que estos trabajadores no realizan ninguna tarea de responsabilidad que exceda a las de monitor. También insisten en que desde que acceden al puesto de trabajo conocen que la relación laboral que se crea es bajo un contrato para un puesto de monitor. Las funciones a desarrollar dicen, están claramente delimitadas “son de monitor y en consecuencia el sueldo es correspondiente al del trabajo que realizan: el de monitor.”

 
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