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Tribunales

La justicia tumba definitivamente la construcción del crematorio cerca de zonas urbanas habitadas de San Sebastián de los Reyes

El Tribunal Supremo inadmite el recurso de casación de la empresa que pretendía construir esta infraestructura en ‘El Sotillo’

Juan Torres, portavoz Izquierda Independiente, celebra la sentencia que tumba el proyecto de crematorio cerca de viviendas en San Sebastián de los Reyes

Juan Torres, portavoz Izquierda Independiente, celebra la sentencia que tumba el proyecto de crematorio cerca de viviendas en San Sebastián de los Reyes

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San Sebastián de los Reyes

En 2021, el equipo de gobierno de PSOE-Cs inició el expediente administrativo de un proyecto privado para construir un cementerio, crematorio y tanatorio en la zona de ‘El Sotillo’. Aquella iniciativa podría afectar directamente, por malos olores y contaminación, a los vecinos de La Granjilla, Fuente del Fresno, Fresno Norte, Club de Campo, Ciudalcampo, Dehesa Vieja, incluso al municipio vecino de Algete. El Plan Especial de Urbanismo planteado para el desarrollo del proyecto fue denunciado por Izquierda Independiente que, además de la cercanía a las zonas urbanas habitadas, también señaló la pérdida de más de un millón de euros de canon al Ayuntamiento o el peligro que supondría para la ampliación de la red de Cercanías al Hospital Infanta Sofía.

Las alegaciones presentadas por Izquierda Independiente fueron admitidas por la Comunidad de Madrid, que a través de sus Consejerías de Medio Ambiente y Urbanismo, dictaminó que el proyecto no respetaba la Ley del Suelo. Con esta resolución regional, el ejecutivo local de entonces, liderado por Narciso Romero y Miguel Ángel Martín Perdiguero, presentó un informe en contra para que el Pleno Municipal de abril de 2022 rechazará la iniciativa.

En diciembre de 2023, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó una sentencia en la que se desestimaba el recurso de la empresa Parcesa contra este acuerdo plenario. Ahora la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite el recurso de casación de la empresa, cerrando para siempre sus pretensiones.

El portavoz de Izquierda Independiente, Juan Torres, ha celebrado esta resolución, que además ha condenado en costas a Parcesa en favor de su partido, el único de la corporación local que llevó este asunto a los tribunales.

Nueva regulación para evitar proyectos como este en el futuro

Hace unos meses el nuevo equipo de gobierno del Partido Popular, liderado por Lucía Fernández, impulso la creación de una nueva Ordenanza Reguladora de la Implantación, Instalación y Prestación de Servicios Funerarios en el municipio, para que proyectos como este no puedan ser desarrollados cerca de zonas urbanas habitadas, y evitar que estas iniciativas privadas terminen en los tribunales por falta de regulación.

La Comisión de Investigación sobre la construcción de este cementerio crematorio privado finalizó el pasado mes de junio con las votaciones de las conclusiones del Partido Popular como las más apoyadas. En ellas se señalaba que el gobierno de PSOE-Cs actuó de una forma adecuada al aprobar inicialmente el instrumento urbanístico en Junta de Gobierno Local. Indica que este contaba con los informes favorables, incluido el de la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, que siendo innecesario tuvo la cautela de solicitar. Las conclusiones sí que recogen que la actuación de la máxima responsable de urbanismo no fue la adecuada, y que el Jefe de Servicio Técnico de Urbanismo introdujo una valoración subjetiva, ajena a su función, reconociendo el interés general del proyecto, “un error grave” según la Asesoría Jurídica actual.

La conclusión más llamativa de estas conclusiones del Partido Popular en el gobierno, es que no se han puesto de manifiesto suficientes indicios a través de la documentación obrante en el expediente de la comisión y en las comparecencias habidas, “para considerar que la conducta de Martín Perdiguero - el entonces vicealcalde - no fuera la adecuada, si bien tampoco se puede concluir lo contrario”.

 
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