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Rechazada la prisión permanente revisable para el hombre que mató a su mujer y a su hija en Móstoles

El tribunal impone 45 años de prisión al aplicar atenuantes de confesión y alteración psíquica leve, y fija una indemnización de más de 458.000 euros a los familiares

Portal de Móstoles dónde vivían las víctimas / Ser Madrid Oeste

Portal de Móstoles dónde vivían las víctimas

Móstoles

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 45 años de prisión a Galín P.S. por el asesinato de su mujer y de la hija de ambos, de 6 años, el 6 de noviembre de 2022 en su domicilio de Móstoles.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal rechaza condenar al asesino a prisión permanente revisable, como pedían la Fiscalía, Comunidad de Madrid y acusación particular, al aplicar las atenuantes de confesión y alteración psíquica leve y la única agravante de parentesco.

De este modo, la condena impuesta son 45 años de prisión, 30 años por el asesinato de la niña y 15 menos un día por el de la mujer, además de tener que indemnizar a los familiares de las víctimas con más de 458.000 euros.

La sentencia sigue el criterio del jurado popular, que declaró al acusado culpable de dos delitos de asesinato, al considerar probado que asestó a ambas una veintena de puñaladas en el domicilio familiar, y luego trató de suicidarse sin lograrlo.

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El veredicto de culpabilidad tuvo en cuenta -entre otras declaraciones e informes presentados a la causa- la declaración de Galín, quien el primer día del juicio reconoció ser el autor de ambas muertes porque, según dijo, quería suicidarse él y evitarles sufrimiento a ellas.

Ahora la sentencia argumenta la alevosía debido a que -como dijo el jurado- el acusado atacó en primer lugar "de forma sorpresiva e imprevista" por la espalda a su mujer, a la que asestó un total de 22 cuchilladas por todo el cuerpo que le causaron la muerte.

Además atacó "con la misma brutalidad" a su hija, a la que apuñaló en hasta 17 ocasiones y quien no tuvo posibilidad de defenderse debido a la diferencia de edad y de envergadura y a que se había quedado sin capacidad de reacción tras el asesinato de su madre.

Sin embargo, desestima el ensañamiento, al descartar que el acusado incrementara la angustia o el sufrimiento de las víctimas porque "la muerte fue muy rápida" y las lesiones "avalan que, como mantuvo el acusado, lo que quería era matarlas rápidamente para que no sufrieran".

El tribunal sí acepta la atenuante de alteración psíquica, al considerar probado que Galín tenía alteradas de forma moderada sus facultades volitivas e intelectivas, aunque sin estar éstas anuladas, como consecuencia de unas ideas catastrofistas con ideación a quitarse la vida y llevar a cabo un suicidio ampliado para que su mujer e hija "no sufrieran".

También aprecia la atenuante de confesión, ya que tras el crimen llamó a un familiar de su mujer explicando lo que había hecho y esto llevó a que acudiese la Policía y le detuviese.

Sin embargo el tribunal ha desestimado la agravante de género, pues considera "cuestionables" y "poco fiables" aquellos testimonios que apuntaban a un sentimiento de superioridad y dominación sobre su pareja por parte del acusado.

También ha rechazado la agravante de abuso de confianza que solicitaba la acusación particular, ya que en este caso el aprovechamiento de la relación de confianza entre la familia "no constituye un elemento adicional por separado", sino que está incluido en la alevosía.

La letrada de la familia de las víctimas, quien ha informado a EFE que recurrirá la sentencia, pedía originalmente la prisión permanente revisable por cada uno de los asesinatos.

Sin embargo, la magistrada que presidió la Sala ha indicado que esta pena "no es factible legalmente" en el asesinato de la mujer, al ser esta mayor de edad y no ser una persona "especialmente vulnerable".

 

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