El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifica la condena a la exalcaldesa de Móstoles, Noelia Posse, por represalias contra dos empleadas municipales
El TSJM avala que el cese fue una represalia y mantiene la indemnización de 7.501 euros para cada trabajadora

La alcaldesa de Móstoles, Noelia Posse, en una foto de archivo / AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

Móstoles
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la sentencia que condena a la exalcaldesa de Móstoles, Noelia Posse, por vulnerar derechos fundamentales de dos trabajadoras municipales, a las que deberá indemnizar con 7.501 euros a cada una en concepto de daños morales. La resolución confirma el fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, que ya había declarado la existencia de una actuación represiva contra ambas empleadas públicas, mientras que absolvió al Ayuntamiento de Móstoles de cualquier responsabilidad. El TSJM desestima el recurso de suplicación interpuesto por Noelia Posse, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles y confirma la citada resolución. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación
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Según recoge la sentencia del TSJM, los hechos se remontan a mayo de 2021, cuando las dos demandantes, que ocupaban puestos de secretaría en las concejalías de Recursos Humanos y Servicios Sociales y Mayores, participaron activamente en una asamblea sindical de interinos celebrada el día 6 de ese mes. En ella defendieron una posición crítica respecto al proceso de negociación para la consolidación del personal temporal en el consistorio. Las secretarias intervinieron en la asamblea, mostrando su disconformidad con la continuidad de la negociación por el sindicato UGT
Una decisión “fulminante” y sin causa objetiva
El alto tribunal madrileño considera acreditado que existe una conexión temporal directa entre la participación de las trabajadoras en dicha asamblea y su cese inmediato en los puestos que venían desempeñando. Según la resolución, la entonces alcaldesa ordenó su restitución a anteriores funciones de menor responsabilidad sin que existiera ninguna causa objetiva que lo justificara.
El TSJM subraya que no hubo razones organizativas, productivas ni funcionales que avalaran ese cambio, y destaca que la decisión fue “fulminante”, produciéndose justo después de que Noelia Posse tuviera conocimiento de la intervención de ambas trabajadoras en la asamblea sindical.
Además, la sentencia remarca que no se adoptaron decisiones similares respecto a otros empleados municipales en esas mismas fechas, lo que refuerza la tesis de que se trató de una medida selectiva y de carácter represivo.
Vulneración de derechos fundamentales
Los magistrados consideran que la actuación de la exalcaldesa vulneró el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y a la libertad sindical de las demandantes, al castigarlas por expresar públicamente su postura en el marco de un proceso de negociación laboral.
Por este motivo, el TSJM mantiene la condena al pago de una indemnización de 7.501 euros para cada una de las trabajadoras, en concepto de daños morales, al entender que la actuación les causó un perjuicio personal y profesional relevante.
En cambio, el tribunal vuelve a eximir al Ayuntamiento de Móstoles de cualquier responsabilidad, al considerar que las decisiones no fueron adoptadas por el consistorio como institución, sino directamente por la entonces alcaldesa.
En su momento, cuando se conoció la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, Noelia Posse, ya manifestó públicamente su desacuerdo con la resolución judicial y en declaraciones a Ser Madrid Oeste aseguró que no compartía la sentencia
Posse también insistió en ese momento, en que no tuvo intervención directa en el cese de las trabajadoras y reiteró su inocencia.

Belén Campos
Directora de contenidos de SER Madrid Oeste. Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense....




