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La Justicia confirma cinco años de cárcel a un vecino de Getafe por agredir sexualmente a su cuñada menor de edad

Los abusos se produjeron durante seis años en sus domicilios de Alcalá la Real (Jaén) y Getafe

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía / EUROPA PRESS

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Jaén

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a cinco años y un día de prisión impuesta a un hombre por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años de Alcalá la Real (Jaén), que era su cuñada. El alto tribunal desestima el recurso de apelación presentado por la defensa contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Jaén.

La menor contó los hechos a dos amigas en 2018 hasta que a finales de 2019 reveló la verdad a su madre, aunque no fue hasta octubre de 2022 cuando interpuso la denuncia.

Además de los cinco años de prisión, al hombre se le impone la pena de seis años de inhabilitación para cualquier profesión u oficio que implique contacto habitual con menores, la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante el mismo periodo y una indemnización de 15.000 euros por daños morales.

Tocamientos y actos sexuales

Los hechos se produjeron durante un periodo comprendido entre 2016 y 2022, cuando la víctima era menor de edad y mantenía una relación familiar de convivencia con el acusado. Según la sentencia, el tribunal considera acreditado que el condenado se aprovechó de esa relación para realizar tocamientos y actos de carácter sexual de forma reiterada, tanto en domicilios familiares -en un cortijo de Alcalá la Real y en una vivienda de Getafe- como en otros espacios.

Añade que esas agresiones causaron a la menor un daño psicológico compatible con un trastorno depresivo crónico de carácter moderado. En su recurso, la defensa alegaba vulneración del derecho a la presunción de inocencia y una supuesta valoración errónea de la prueba, cuestionando principalmente la credibilidad del testimonio de la víctima.

Sin embargo, el TSJA concluye que la declaración fue coherente, persistente en el tiempo y corroborada por otros testimonios y por informes periciales, por lo que considera que existe prueba suficiente para sustentar la condena. Contra la resolución cabe recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que deberá prepararse en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia.

 

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