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El TAD se pronuncia a favor de Club Voleibol Leganés y podrá jugar el ascenso

Tras no viajar a Ourense en enero por precaución debido al temporal de borrascas el equipo fue sancionado con un punto y la derrota en dicho partido

Las jugadoras del Club Voleibol Leganés

Las jugadoras del Club Voleibol Leganés / Club Voleibol Leganés

Las jugadoras del Club Voleibol Leganés

Leganés

El Tribunal de Arbitraje Deportivo ha estimado el recurso presentado por el Club Voleibol Leganés ante su sanción por no acudir a un partido en Ourense el pasado 24 de enero. El equipo avisó previamente a su rival y decidió no viajar para garantizar la seguridad de plantilla y cuerpo técnico durante la borrasca ‘Ingrid’, cuando las autoridades aconsejaban no realizar desplazamientos no esenciales por carretera. Aquí cabe recordar que la Superliga 2 de voleibol no es una competición profesional. La sanción consistió en la pérdida de un punto en la clasificación y la derrota en el partido no celebrado en Ourense, lo que había privado al equipo de clasificarse para el playoff por el ascenso a Superliga, la élite del voleibol femenino.

"Criterio de prudencia"

El TAD, en una resolución a la que ha tenido acceso SER Madrid Sur, ha declarado nulas las resoluciones previas del comité Nacional de Competición y del Comité Nacional de Apelación y ha declarado “la inexistencia de la infracción por la que viene sancionado (el club)”. El TAD asegura que “la decisión adoptada obedeció, exclusivamente, a un criterio de prudencia que no puede integrar el dolo o la negligencia necesarios para declarar la responsabilidad infractora” dado que las “circunstancias eran absolutamente desfavorables para realizar un viaje a través de una zona montañosa que atraviesa la autovía de las Rías Bajas”. Por si esto fuera poco, la federación de voleibol gallega suspendió todos los partidos para ese día “por mor da alerta meteorolóxica”.

El Tribunal añade que el club leganense no tenía ningún interés -más allá de la seguridad- en que el partido no se jugara, dado que se encontraba en segundo puesto de la clasificación en puestos de playoff y su rival estaba en la parte media de la tabla. El TAD hace suyos “íntegramente” los argumentos del Voleibol Leganés “en orden a la ausencia de culpa del club”.

Playoff por el ascenso

Con la retirada de la sanción el Club Voleibol Leganés pasaría automáticamente a estar clasificado de nuevo en segundo lugar, y podría optar al ascenso en el playoff a finales de abril. Desde la Federación Española de Voleibol han asegurado a SER Madrid Sur que están estudiando la resolución del TAD en su departamento de Competiciones y cuentan hasta el 2 de abril para formalizar cómo se aplica su decisión. Contemplan la posibilidad de que el partido contra Ourense ni siquiera se dispute, dado que en principio es intrascendente para la clasificación. De momento, la clasificación ya ha sido actualizada en su página web. El cuerpo técnico del Aceites Abril Voleyourense también ha confirmado que, si la Federación decide que el partido no se dispute, no se opondrán.

 

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