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Tribunales | Actualidad

Seis años de cárcel para un traficante detenido al intentar ocultarse en una gasolinera de Benidorm

Almacenaba en su vehículo 500 gramos de éxtasis

Audiencia Provincial de Alicante / Silvia Cárceles

Benidorm

Un hombre de 51 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a seis años de prisión por tráfico de drogas, tras ser interceptado por la Policía Nacional en una gasolinera de Benidorm mientras intentaba ocultarse de su presencia.

El arresto tuvo lugar a las 19.50 horas del 3 de octubre de 2019, cuando el acusado se encontraba repostando en una estación con su vehículo.

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, detalla que, en ese momento, el procesado se percató de la presencia de dos policías uniformados y dejó descolgada la manguera del surtidor con la que estaba repostando para dirigirse al interior del establecimiento con el fin de pasar inadvertido.

Sin embargo, la extrañeza de su actitud llamó la atención de los agentes, que le dieron el alto y registraron el vehículo, en el que hallaron un envoltorio de plástico transparente en el que se almacenaba 500,25 gramos de MDMA (éxtasis) con una pureza del 73,2 %, que habrían alcanzado un valor en el mercado ilícito de 20.950,47 euros, según el fallo.

El acusado reconoció en su declaración que disponía de dicha sustancia con la intención de distribuirla a terceros, pero trató de justificar su comportamiento en "la desesperación causada por su situación económica derivada del consumo de drogas”.

No obstante, el tribunal considera que “no se acredita en modo alguno la concurrencia de los requisitos exigidos” para aplicar la atenuante de drogadicción solicitada por su defensa, después de analizar que solo había quedado demostrada su presencia en la Unidad de Conductas Adictivas (UCA) de Elda durante dos meses, en 2008.

Así, la sentencia le condena a seis años de privación de libertad pedida por la Fiscalía como responsable de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud y al pago de una multa de 35.000 euros.

La resolución judicial es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat

 
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