La Abogacía del Estado recurre la suspensión cautelar de ampliación del puerto
La Comissió Ciutat-Port explica que el recurso de la Abogacía del Estado era "esperado" y anuncian que esta semana presentará la impugnación de ese recurso de reposición.
Valencia
La Abogacía del Estado ha presentado un recurso de reposición contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que acordó la suspensión cautelar de una resolución del Ministerio para la Transición Ecológica que permitía a la Autoridad Portuaria de Valencia decidir por sí misma sobre si es necesaria una nueva evaluación ambiental para el proyecto de ampliación norte del puerto de València.
El tribunal aceptaba así la petición planteada por la plataforma cívica Comissió Ciutat-Port, contraria a este proyecto, que inició este procedimiento judicial ante la Audiencia Nacional, aunque finalmente fue derivado a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, donde obtuvieron su primera decisión judicial favorable.
Según han informado a EFE fuentes de la Comissió Ciutat-Port, el recurso de la Abogacía del Estado era "esperado" y la plataforma ciudadana ha anunciado que esta semana presentará la impugnación de ese recurso de reposición.
La plataforma vecinal y ecologista, contraria a la ampliación del puerto por sus afecciones medioambientales, considera que la medida cautelar adoptada por el TSJM es "justa" y "oportuna" en términos jurídicos y operativos, ya que de lo contrario "se podía producir una situación de hecho que pusiera en riesgo una posible futura sentencia" contraria al proyecto.
La Comissió Ciutat-Port confía en que la medida cautelar se mantenga y considera "muy grave" que a pesar del debate jurídico sobre si era necesaria o no adoptar esa medida, la Autoridad Portuaria de Valencia siguiera adelante "de manera imprudente" con la aprobación del proyecto.
Esa aprobación, recuerda, se decidió tres días antes de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictara el auto de suspensión cautelar de la resolución del Ministerio de Transición Ecológica.
Según las mismas fuentes, la Abogacía de Estado, en su recurso, "intenta quitar importancia al asunto diciendo que el juez se ha extralimitado al hacer consideraciones más allá de lo que corresponde a una medida cautelar".
La Comissió Ciutat-Port, por su parte, defiende que el auto de suspensión cautelar "está adoptado con suficiente fundamentación" y lamenta que la Autoridad Portuaria de Valencia, "72 horas antes de lo que iba a decidir el juez, aprobara el proyecto" de forma "irresponsable".
La Abogacía del Estado, añade, "hace su papel al representar los intereses de la Administración y por definición siempre pelea hasta el final", por lo que su obligación era presentar el recurso.
Ahora bien, a su juicio, "era también obligación de la Autoridad Portuaria ser prudente" y considera que el juez decidió las medidas cautelares de manera "suficientemente razonada".
El TSJM acordó el pasado 5 de diciembre, como medida cautelar, suspender la Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se declara la subsanación de resoluciones de evaluación de impacto ambiental de proyectos portuarios, en lo atinente al proyecto de Ampliación del Puerto de Valencia.
La plataforma ciudadana sostiene que esa resolución pretendía, catorce años después de la primera Declaración de Impacto Ambiental de 2007, modificar las responsabilidades de las diferentes autoridades para convertir a la APV en "juez y parte" en la evaluación de impactos ambientales de la ampliación norte.
En ese momento, la plataforma ciudadana recurrió en vía administrativa ante el propio Ministerio sin obtener respuesta, por lo que acudió a los tribunales para hacer frente a una resolución que es, a su juicio, "nula de pleno derecho y dictada en fraude de ley".
Y advierte de que si finalmente hubiera una sentencia favorable a su recurso y el Ministerio de Transición Ecológica hubiera incurrido en "el error de pretender modificar las reglas del juego", el daño podría ser "irreparable" y pide que se mantenga la medida cautelar hasta que haya una sentencia firme.