El Consejo de Estado cuestiona la forma en la que se debatió el recorte del trasvase Tajo-Segura
Aunque no lo considera nulo, cree que el debate y la votación en el Consejo Nacional del Agua donde se aprobó el plan de cuenca del Tajo no se desarrollaron con la claridad y la transparencia debida
València
El Consejo de Estado asegura que el debate y la votación en el Consejo Nacional del Agua donde se aprobó el plan de cuenca del Tajo no se desarrollaron con la claridad y la transparencia debida. Es una de las ideas que desliza el dictamen que aprobó este jueves por unaminidad el máximo órgano consultivo del Gobierno de España y que tanto revuelo e interpretaciones está provocando en las últimas horas.
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En ese dictamen, al que ha tenido acceso la Cadena SER, los miembros de la sala del Consejo de Estado aseguran que hubiera sido deseable que la votación en la reunión del Consejo Nacional del Agua se desarrollará sobre una propuesta clara y concreta del documento que recogía el plan de cuenca.
También reprochan que no hay acta que permita saber con claridad qué se debatió y qué se votó. Esta es, recordemos, una de las cosas que el gobierno valenciano reprochaba al Ministerio de Transición Ecológica: que se modificó el acuerdo que se habló en esa reunión del Consejo Nacional del Agua. Con todo, el Consejo de Estado no considera que "en el trámite de informe que se examina se haya incurrido en una vulneración de la formación de la voluntad del órgano colegiado" que derive necesariamente en una nulidad de pleno derecho.
Había referencias a evaluar el estado del río
Otro aspecto que el Consejo de Estado reprocha al Ministerio está relacionado con los caudales ecológicos. Asegura el dictamen que la documentación que se pasó a los miembros del Consejo Nacional del Agua antes de la convocatoria de la reunión recogía referencias a la posibilidad de evaluar el estado del río que han desaparecido del texto final del plan del Tajo que quiere aprobar el Gobierno.
En concreto, el párrafo eliminado preveía que, en el caso de que "con las medidas aplicadas se cumplan los objetivos ambientales fijados para las masas de agua superficial del río, no será necesario aplicar los escalones previstos a partir del 1 de enero de 2026 relativos a los caudales ecológicos mínimos". Un párrafo que, como decimos, no aparece en la redacción final del plan de cuenca y que es otro de los aspectos sobre el que vienen discutiendo el Gobierno de España y el valenciano.
El Consejo de Estado no cuestiona la necesidad de establecer caudales ecológicos, asegura en ese sentido que es necesario satisfacer el interés general. Sin embargo, cree que esos caudales tienen que ser compatibles con los trasvases, tal y como recogía el anterior plan de cuenca.
"Falta de coordinación"
En ese sentido, el dictamen apunta a una cierta falta de coordinación entre los plantes hidrológicos del Tajo y del Segura que afecta, asegura el dictamen, a un elemento tan relevante como el de la planificación hidrológica nacional. A juicio del Consejo de Estado, "la virtualidad técnica del plan será limitada" porque opta por postergar la coordinación y "no delimita, con rigor y precisión, el significado y alcance de los programas de seguimiento".
Por otro lado, el Consejo de Estado asegura que "debería considerarse el establecer criterios técnicos y metodológicos más detallados para la determinación de los caudales ecológicos". Metodología y criterios que, según el dictamen, deberían ser "comunes a todas las cuencas, más detallados, precisos y actualizados y que fuesen adecuados" para favorecer la mejor coordinación entre planes hidrológicos a la que alude el Consejo de Estado.
El Consejo de Estado concluye en su dictamen que puede ser aprobado el proyecto de Real Decreto que recoge los planes de Cuenca, sin perjuicio de la conveniencia, dice, de considerar las observaciones formuladas relacionadas especialmente con la necesidad de coordinar mejor las planes del Tajo y del Segura. El Consejo de Estado pide tambien en las conclusiones que el decreto se acomode al grupo normativo en el que se integra y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la preservación de caudales ecológicos.