Tribunales

La Fiscalía ve justificada la abstención del juez Megía Carmona como ponente del caso Zaplana

No pone "en ningún momento en discusión" la capacidad de juzgar del magistrado, pero señala que "no solo debe hacerse justicia, sino también parecerlo que se hace".

Eduardo Zaplana expresident de la Generalitat procesado en el caso Erial / Francisco Martínez - Europa Pres

València

La Fiscalía Anticorrupción ve "sobradamente justificada" la abstención del magistrado de la Audiencia de Valencia José Manuel Megía Carmona como ponente de la sentencia del futuro juicio del caso Erial, donde está procesado el expresident de la Generalitat y exministro Eduardo Zaplana.

En un escrito al que ha tenido acceso EFE, el fiscal anticorrupción Fernando Maldonado afirma que no pone "en ningún momento en discusión" la capacidad de juzgar del magistrado, pero señala que "no solo debe hacerse justicia, sino también parecerlo que se hace".

Uno de los abogados defensores en el caso Erial, Vicente Grima, cuestionó al magistrado responsable de redactar la sentencia porque le había denunciado por un supuesto delito de cohecho en 1996, en un proceso que finalmente fue archivado.

Unos días más tarde Megía Carmona anunció su abstención por la "enemistad manifiesta" con el letrado, una renuncia que la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia rechazó por considerarla injustificada.

La Fiscalía Anticorrupción ve la recusación del magistrado "coherente con el sentido de la justicia que debe presidir las actuaciones jurisdiccionales" y considera "sobradamente justificada" su abstención.

Afirma que los hechos esgrimidos por el letrado en su escrito de recusación están "debidamente documentados" y "relatan un historial no solo de denuncias cruzadas, sino de quejas personales, con expresiones de profunda animadversión".

Destaca la denuncia impuesta en noviembre de 2006 por Grima contra el magistrado por delitos asociados a la corrupción, concretamente, por cohecho, aunque también hace referencia a otros procedimientos judiciales en los que ambos han participado, y a los habituales expedientes de recusación y abstención de ambos.

En definitiva, señala el fiscal, "una situación incompatible con el postulado del artículo 1 de la Constitución, por cuanto se producen en el ámbito judicial, que comprometen la garantía e imparcialidad que debe presidir la función jurisdiccional".

Señala que "el derecho a un juez imparcial constituye un derecho fundamental que, en alguna medida, opera como indispensable soporte de todos los otros que se reúnen en el proceso penal".

Asimismo, añade que el reconocimiento de este derecho "exige, por estar en juego la confianza que los tribunales deben inspirar en una sociedad democrática, que se garantice al acusado que no concurre ninguna duda razonable sobre la existencia de prejuicios o prevenciones en el órganos judicial".

En este sentido, ve "palmariamente evidente que las causas de recusación alegadas están sobradamente justificadas" y vienen, de hecho, reconocidas por resoluciones judiciales que reconocen que "desde antiguo" en los asuntos en los que interviene el letrado Grima, el magistrado recusado no compone sala.

Así, la Fiscalía apoya las causas de recusación invocadas por el letrado "a la vista de los hechos expuestos, la abundante documental presentada y la jurisprudencia que sobre la cuestión se expresa en el escrito.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00