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La Junta Electoral ordena retirar las banderolas de propaganda electoral del PP de las farolas de Alicante por incumplir la ley

La publicidad electoral ondea en las farolas de acceso a la ciudad y la JEZ destaca que debe ofertarse gratuitamente a todas las formaciones

Banderolas electorales del PP en farolas de Alicante y que la Junta Electoral ha ordenado retirar por incumplir la ley / Redaccion

La Junta Electoral de Zona (JEZ) ha ordenado al PP quitar las banderolas de las farolas que ondean en vías de acceso a Alicante con la publicidad del primer edil y candidato a la alcaldía por el PP, Luis Barcala, por incumplir la ley y por no ofertarse de manera gratuita a todos los candidatos. Se pueden ver en vías como la carretera de La Cantera o en La Isleta, por ejemplo.

Se instalaron el pasado viernes y la JEZ admita una denuncia el PSOE. Ahora, en una resolución del pasado domingo, la JEZ mantiene que se incumple el artículo 55 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral Genera (LOREG) que establece que "los Ayuntamientos tendrán la obligación de reservar lugares especiales gratuitos para la colocación de carteles y, en su caso, pancartas y carteles colgados a postes o farolas por el sistema llamado de banderolas. La propaganda a través de las pancartas y banderolas sólo podrá colocarse en los lugares reservados como gratuitos por los Ayuntamientos".

La resolución de la JEZ establece que "aun cuando en el BOP de Alicante de 19/4/2023 no se recogían las farolas entre los lugares gratuitos reservados para colocación de publicidad electoral, como quiera que resulta evidente que las farolas son lugares públicos, es criterio reiterado de la JEC el de señalar que por lo que se refiere a la asignación de espacios para carteles, banderolas, etc. no inicialmente previstos, cabe la posibilidad de su solicitud siempre que queden espacios disponibles y con arreglo a los criterios de distribución del art.56.2 LOREG a su vez, en acuerdo de la JEC 428/1996 de 7-2, resolviendo consulta "sobre obligación de inserción de propaganda electoral (carteles, banderolas, etc.) en las farolas de la vía pública, pese a la prohibición de los Ayuntamientos que poseen soporte físico, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 55.1 L.O.R.E.G." se establecía que conforme establece dicho precepto "los Ayuntamientos están obligados al señalamiento de los lugares a que se refiere dicho precepto siempre que dispongan de los soportes físicos al efecto. Por ello, y sin perjuicio de lo expuesto al inicio del párrafo anterior sobre ampliación de espacios a los previstos en el BOP de 19/4/2023, la instalación de banderolas denunciada contraviene el art.55 LOREG por lo que se acuerda la inmediata retirada de las mismas".

Voto en contra

La resolución incluye un voto en contra en el que se manifiesta que existe resolución dictada por la JEZ de Alicante en el año 2019 por la que se rechazaba una denuncia similar y que dado que la JEZ "no tiene medios para acceder a dicha resolución ha solicitado plazo para su aportación, plazo que no se ha concedido".

El Partido Socialista, que interpuso la denuncia, ya ha indicado que exigirá al PP del alcalde de Alicante y cabeza de lista a estas elecciones municipales por Alicant, Luis Barcala, que haga público el contrato rubricado con la empresa concesionaria del Ayuntamiento que explota la concesión de la publicidad en farolas.

 
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