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María José Catalá delega la firma de los servicios en sus concejales para poner en marcha cuanto antes los compromisos municipales

Se divide el Ayuntamiento en siete grandes bloques de servicios y pone al frente de cada a ellos a uno de sus concejales para que el Ayuntamiento no se pare mientras se estructuran las áreas y delegaciones

María José Catalá, alcaldesa de Valencia, junto a su predecesor Joan Ribo / Europa Press News

María José Catalá, alcaldesa de Valencia, junto a su predecesor Joan Ribo

València

La alcaldesa de Valencia, María José Catalá, ha redactado y firmado este domingo el primer decreto para delegar la firma y competencias en sus concejales para así poder activar la gestión y poner en marcha desde este mismo lunes los compromisos electorales y, además, para que la gestión diaria no se detenga. Mientras, la Alcaldesa “ya he comenzado a trabajar en la estructuración de las áreas y delegaciones del modo más adecuado para atender a las necesidades municipales”., según ha informado el PP en un comunicado.

Con ello "se pretende dar un impulso inmediato a la gestión e ir tomando conocimiento del estado actual de las necesidades de los distintos servicios gestores para no demorar ninguna acción en tanto se estructura el gobierno.Cada uno de los bloques de gestión tendrá un concejal de manera provisional la delegación de firma de servicios, pero no estará sólo porque tendrá el apoyo de otro de los concejales formando un grupo de trabajo hasta que de manera definitiva la alcaldesa reparta las delegaciones.

En el decreto de la delegación de la firma en sus concejales, la nueva alcaldesa de Valencia recoge que “así pues, en tanto se procede a estructurar las áreas y delegaciones del modo más adecuado para atender las necesidades municipales e impulsar las políticas del gobierno municipal resulta imprescindible evitar cualquier mínima dilación o parálisis de los procedimientos administrativos por lo que procede atribuir a cada servicio municipal un concejal responsable de la firma delos asuntos que por razón de las materias y actividades de su competencia a cada uno concierne”.

La legislación prevé un plazo de 30 días para dar conocimiento de las resoluciones del alcalde en materia de nombramiento de teniente de alcalde, miembros de la Junta de Gobierno y presidentes de las comisiones informativas, así como de las delegaciones que la alcaldía estime oportuno conferir.

Las resoluciones firmadas este domingo tienen carácter provisional con el objetivo de que la Administración no pare, y a la espera de la estructura definitiva, son las siguientes:

1- Nombramientos miembros de la Junta de Gobierno Local:

María José Ferrer San Segundo

Julia Climent Monzó

Juan Giner Corell

Juan Carlos Caballero Montañés

Paula Llobet Vilarrasa

Santiago Ballester Casabuena

Jesús Carbonell Aguilar

2- Nombramientos tenientes de alcalde:

Primera teniente de alcalde: María José Ferrer San Segundo

Segunda teniente de alcalde: Julia Climent Monzó

Tercer teniente de alcalde: Juan Giner Corell

3- Nombramiento secretario de la Junta de Gobierno Local:

Titular de la Secretaría de la Junta de Gobierno Local: María José Ferrer San Segundo

Suplente de la Secretaría de la Junta de Gobierno Local: Juan Giner Corell

4- Delegación de facultades genéricas por materias en concejales:

Hacienda y Participación: María José Ferrer San Segundo

Recursos Humanos y Técnicos: Julia Climent Monzó

Urbanismo y Vivienda: Juan Giner Corell

Medio Ambiente: Juan Carlos Caballero Montañés. Aquí se incluyen también todos los servicios que le corresponden al Portavoz, y en este bloque los servicios estarán coordinados junto a Carlos Mundina.

Economía y Grandes Proyectos: Paula Llobet Vilarrasa. En este bloque los servicios estarán coordinados junto a José Marí Olano.

Bienestar Social y Cultura: Santiago Ballester Casabuena. En este bloque los servicios estarán coordinados junto a José Luis Moreno Maicas, Marta Torrado y Rocío Gil.

Movilidad y Seguridad Ciudadana: Jesús Carbonell Aguilar. En este bloque los servicios estarán coordinados junto a Carlos Mundina.

El alcance de la delegación comprende la facultad de dictar actos administrativos y de resolver los recursos administrativos interpuestos, así como la firma de los documentos de cualquier naturaleza necesarios para la gestión de las materias delegadas

 
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