Declarado culpable el hombre acusado de matar a una mujer discapacitada en Benidorm (Alicante)
El tribunal popular ha considerado responsable del delito de encubrimiento a la esposa del procesado
Alicante
El jurado popular ha declarado culpable por unanimidad a un hombre acusado de matar en Benidorm (Alicante) a una mujer enferma de focomelia que se desplazaba en una silla de ruedas eléctrica.
Además, el tribunal de la Audiencia Provincial de Alicante ha considerado responsable del delito de encubrimiento, también por unanimidad, a la esposa del procesado, al considerar que era conocedora del crimen y que no hizo nada para denunciar a su marido. El jurado la exculpa de haber planificado con su pareja la muerte de la mujer -tal y como sostenía la Fiscalía- y solo considera probado que ambos se habían puesto de acuerdo para robar a la víctima.
En un primer juicio celebrado en 2022, los dos acusados fueron condenados a prisión permanente revisable por el delito de asesinato. No obstante, tras los recursos de apelación presentados, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) revocó la sentencia condenatoria y ordenó la repetición del juicio con un nuevo jurado. El TSJCV consideró que el tribunal popular del primer juicio solo pudo valorar hechos desfavorables para los procesados en el objeto del veredicto que se les había entregado.
Los hechos
El matrimonio mantenía una relación de amistad con la víctima desde hacía cinco años, cuando esta acudió a la inmobiliaria en la que trabajaba la acusada. El marido de la procesada no tardó en comenzar a realizar trabajos de mantenimiento en la vivienda de la mujer para, posteriormente, trabajar para ella como cuidador, a cambio de un sueldo de 3.500 euros mensuales, según admitió el propio acusado en la primera sesión del juicio, celebrada el pasado lunes.
Según la Fiscalía, el 14 de junio de 2020, los dos procesados se desplazaron desde Adrall (Lleida) hasta el domicilio de la mujer en dos vehículos distintos, uno de ellos, un Mercedes que la víctima le había comprado al acusado.
De acuerdo con la versión del Ministerio Público, el día de los hechos el hombre accedió a la vivienda de la víctima, conversó con ella e incluso compartieron una comida, tras lo cual le golpeó en la cabeza con una herramienta. Siempre según la versión de la Fiscalía, posteriormente, volcó la silla de ruedas en la que se desplazaba para presionar sobre ella con la intención de asfixiarla y causarle la muerte.
Acto seguido, llamó a su esposa, que permanecía en uno de los vehículos en los alrededores del lugar de los hechos, para que subiera a la vivienda y le ayudase a abrir la caja fuerte con la combinación a la que habían tenido acceso tras instalar una cámara de vigilancia oculta. Más tarde, limpiaron sus huellas de la vivienda para iniciar por separado el viaje de regreso a Lleida. En ambos viajes los dos procesados se intercambiaron varios mensajes relacionados con el crimen a través de WhatsApp.
No obstante, el jurado no ha creído probado que el acusado utilizara la silla eléctrica con la que se desplazaba la víctima con la intención de asfixiarla. También ha descartado que la agresión se hubiera producido tras una discusión y que la silla cayó sobre la víctima después de que ella se abalanzase sobre él para arrollarle.
La Fiscalía
La Fiscalía solicitaba inicialmente pena de prisión permanente revisable para los dos procesados por el delito de asesinato, con el agravante de la especial situación de vulnerabilidad de la víctima, además de otros cinco años de prisión por el delito de descubrimiento de secretos en concurso con otro delito de robo.
Tras la lectura del veredicto, la Fiscalía mantuvo la solicitud de prisión permanente revisable para el acusado y la retiró para la otra procesada, limitando su petición de condena a tres años por el delito de encubrimiento y otros cinco por el de descubrimiento de secretos y robo.
La Defensa
Por su parte, la defensa del acusado propuso una pena de entre 20 y 25 años de prisión, mientras que la letrada de la procesada planteó la pena mínima prevista para el delito de encubrimiento, de seis meses de prisión para su defendida.
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