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El exedil Llorens evita un nuevo juicio por el caso Isjoma

La titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Alicante dicta un auto de sobreseimiento de las diligencias de la segunda causa derivada de este caso, después de que la Audiencia Provincial descartara posibles irregularidades en la pieza principal

El ex vicealcalde de Alicante, Andrés Llorens (i), llega a la Audiencia Provincial, acompañado por su abogado durante el juicio de la primera causa del caso Isjoma / EFE

El ex vicealcalde de Alicante, Andrés Llorens (i), llega a la Audiencia Provincial, acompañado por su abogado durante el juicio de la primera causa del caso Isjoma

Alicante

Después de ser absuelto hace apenas dos meses, el pasado octubre, por un presunto delito de prevaricación dentro de la causa principal del caso Isjoma, el ex edil de Atención Urbana en la época de la popular Sonia Castedo, Andrés Llorens, ve como la segunda causa abierta a raíz de este caso ha sido sobreseída provisionalmente.

La titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Alicante dictó a finales del pasado mes de diciembre un auto notificado este sobreseimiento de las diligencias, después de que la Audiencia Provincial dictara una sentencia descartando posibles irregularidades y delitos en la pieza que dio origen a todo el procedimiento.

Ante esta decisión se puede presentar recurso, pero, en principio, Llorens evitaría un nuevo juicio por un presunto fraccionamiento de contratos a la empresa Isjoma, la concesionaria que suministraba infraestructuras para actividades festivas y culturales, como sillas o escenarios, entre los años 2009 y 2014.

La Fiscalía Anticorrupción tenía sospechas de posibles pagos al margen de ese contrato por un valor total de 400.000 euros. Trabajos que se contrataban fuera de la contrata, a pesar de ser actividades recogidas en la misma y que ya abonaba el Consistorio.

Sin embargo, la juez considera que, al haber dictado la Audiencia Provincial una sentencia absolutoria sobre la primera causa, no procede continuar con las diligencias derivadas de ese primer procedimiento. Si no se aprecia delito en la causa principal, no tiene sentido continuar con la investigación de esta segunda causa derivada de la primera, concluye la titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Alicante.

 

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