La Audiencia provincial absuelve al alcalde y al exalcalde de El Campello por fraccionamiento de contratos por "nulidad en la instrucción"
La sala admite la petición planteada por las defensas y recuerda que la ley tiene "infranqueables plazos". Las acusaciones no descartan recurrir
Alicante
La Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto al alcalde de el Campello, el popular Juanjo Berenguer, y a su predecesor en el cargo, Benjamí Soler de Compromís, de un presunto delito de fraccionamiento de contratos por una "pura cuestión procesal", ha explicado el presidente del tribunal en una sentencia dictada in voce.
El tribunal ha estimado la nulidad planteada por las defensas de los seis acusados al haberse pedido la ampliación de la instrucción 15 días después de los seis meses que fijaba entonces la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Estaban acusados de fraccionar contratos relativos al mantenimiento de una depuradora de la zona norte del municipio durante diez años por valor de 340.000 euros y de la fuente del Centenari por 120.000 euros anuales. Las supuestas irregularidades abarcan en el tiempo el mandato de Berenguer durante los años 2011 a 2015 y de Soler de 2015 a 2019.
La instrucción comenzó el 16 de enero de 2019 y Fiscalía Anticorrupción no pidió ampliar el plazo por "complejidad de la causa" hasta el 30 de julio de ese año. Hacía 14 días que había vencido la fecha de los 6 meses que fijaba la ley de 2015, vigente entonces.
"Un plazo muy corto", ha remarcado durante su exposición el presidente del tribunal, "con consecuencias insatisfactorias de las que no somos responsables los jueces. Nos vemos abocados a que lo que no se haya hecho en plazo, será nulo porque causa indefensión" de los implicados.
"Hay que estar a lo que hay que estar", ha continuado, "lo demás se deja a los arcanos de la conciencia". La defensa "ha creído que debía aprovechar la situación y lo ha hecho", ha insistido el juez. "No cabe otra que sentencia más que la absolutoria".
También ha habido tirón de orejas para Fiscalía Anticorrupción, "en seis meses no hizo nada y fuera ya de plazo se declaró la complejidad de la causa". Este es un caso "paradigmático", ha dicho, porque "no se puede tener en cuenta ninguna diligencia".
Y siguiendo una sentencia del Tribunal Supremo recuerda que la ley tiene "infranqueables plazos, de no ser así sería una entelequia y no una ley". Contra esta sentencia cabe recurso. Las acusaciones no lo descartan.
Las reacciones
Tras la sentencia, han llegado las reacciones. El exalcalde Benjamí Soler "muy contento, pero cabreado", decía, por un caso que ha "paralizado durante seis años" El Campello. Insistía que "no hay prueba de delito alguno".
Benjamín Soler, exalcalde de El Campello: Con la absolución se ha demostrado que no hay delito y estoy enfadado porque se ha paralizado el pueblo durante seis años (2024-02-08)
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No lo ve así el edil de Esquerra Unida, formación que interpuso la denuncia. Pedro Pardo, edil, "sin entrar en la decisión judicial" ha recordado que la denuncia partió ante el aviso de ilegalidades por parte de los técnicos municipales. Lamenta que los acusados hayan empleado "una argucia legal" para que no se celebre juicio. En lo político y moral "no es la mejor salida para un cargo público".
Pedro Pardo, portavoz de EU en el Ayuntamiento de El Campello: Acatamos la sentencia pero moralmente no es lo mejor para un político (2024-02-08)
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En el banquillo de los acusados se sentaba el actual alcalde popular de El Campello, Juanjo Berenguer y su predecesor en el cargo Benjamí Soler, de Compromís, junto con tres ediles más y una técnico municipal. Estaban acusados de prevaricación administrativa por fraccionar contratos para el mantenimiento entre 2011 y 2019 de una depuradora de la zona norte de la localidad y de la fuente del Centenario por un valor total los dos de 460.000 euros. Fiscalía Anticorrupción pedía 12 años de inhabilitación para los acusados y la acusación popular, 12.