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El TSJCV ordena al Ayuntamiento de El Campello implantar la carrera profesional

Insta a establecer un sistema de grados de desarrollo profesional y las retribuciones asignadas. El Ayuntamiento ha recurrido el fallo

Actuales dependencias del Ayuntamiento de El Campello. / Ayuntamiento El Campello

Alicante

El Tribunal Suprior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ordena al Ayuntamiento de El Campello a que inicie "a la mayor brevedad" los trámites legales para que implante la carrera profesional. La sentencia, a la que ha tenido acceso Radio Alicante y que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo presentado por un funcionaria, se suma así a las ya dictadas para los consistorios Benidorm o San Vicente del Raspeig.

En la sentencia, se insta al consistorio a aprobar un reglamento "por el que se establezca un sistema de grados de desarrollo profesional, regulándose los requisitos y la forma de acceso a cada uno de los grados, así como las retribuciones asignadas a los mismos, tal como exige el art.133.2 de la Ley 4/2021, de Función Pública Valenciana".

El fallo de la Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo del TSJ habla de seis meses de plazo máximo para que el consistorio inicie los trámites. Contra el mismo cabe recurso de casación que ya ha presentado el Ayuntamiento de El Campello, según fuentes municipales. Están a la espera de resolución firme, matizan.

El recurso interpuesto por esta funcionaria en el consistorio de El Campello es contra "la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo frente al decreto núm. 1132/2023, de 27 de marzo, de la Alcaldía del Ayuntamiento de este municipio que desestimó el recurso de reposición contra el decreto núm. 384/2013, de 1 de febrero, que deniega la solicitud de establecimiento del sistema de evaluación de desempeño a efectos de carrera profesional horizontal, con reconocimiento del derecho a ésta, y de responsabilidad patrimonial".

Este recurso fua admitido por el juzgado y se dio traslado al Ayuntamiento como parte apelada, la cual se "opuso e interesó la confirmación de la sentencia. Posteriormente se elevaron las actuaciones al TSJCV que, finalmente, ha dictado este fallo.

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