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La Generalitat aumentará las multas por incumplir derechos de los consumidores

Se establece que las sanciones leves se elevan de los 3.000 euros actuales a un máximo de 10.000, entre otros cambios

Una persona utilizando su teléfono móvil. / CHOKDEE LOURITTIKAI

La dirección general de Comercio, Artesanía y Consumo ha sacado a exposición pública el proyecto de modificación del decreto legislativo 1/2019 de aprobación del texto refundido de la ley del estatuto de las personas consumidoras y usuarias de la Comunitat Valenciana.

Como novedad principal, este proyecto contempla el aumento de las sanciones por el incumplimiento de los derechos de consumidores y usuarios, con el objetivo de adaptarlas a la normativa estatal que tiene carácter básico.

En concreto, la propuesta contempla modificar el artículo 76 del decreto legislativo sobre el importe de las sanciones. Se establece que las sanciones leves se elevan de los 3.000 euros actuales a un máximo de 10.000. Las graves pasan de 15.000 euros hasta 100.000 y las muy graves de 600.000 hasta un millón de euros.

Las sanciones propuestas persiguen castigar las vulneraciones de los derechos de las personas consumidoras y usuarias, los productos que atentan contra su seguridad, las cláusulas abusivas, las prácticas comerciales desleales y las irregularidades en el comercio electrónico, entre otras.

Este incremento fue anunciado a mediados de abril por el president de la Generalitat, Carlos Mazón, en una visita a la planta de tratamiento y reciclaje de la firma Arteco, en Ibi (Alicante), donde se destruyen productos inseguros.

El texto propuesto está disponible tanto en la web de la Conselleria de Innovación, Industria, Consumo y Comercio como en el portal de participación ciudadana de la Generalitat.

Durante el período de exposición pública, las personas físicas y jurídicas interesadas pueden presentar sus aportaciones, opiniones y alegaciones a través del mismo portal de participación ciudadana, a través del correo electrónico de la dirección general (dgcc_ceic@gva.es) o por cualquiera de las formas establecidas por la ley de procedimiento administrativo.

Una vez respondidas, la propuesta de modificación seguirá su tramitación pertinente, que incluye informes preceptivos tanto de la Abogacía de la Generalitat como del Consell Jurídic Consultiu (CJC).

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