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Derecho al olvido

El TSJCV desestima el recurso del hijo del secretario judicial que participó en el proceso que sentenció a muerte al poeta Miguel Hernández

El descendiente de Antonio Luis Baena Tocón había recurrido la sentencia de un juzgado de Alicante que permitía la publicación de un artículo de investigación en el que se aludía a la participación del alférez

Imagen del poeta Miguel Hernández / Cadena SER

La sala cuarta de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, ha desestimado el recurso presentado por uno de los hijos del alférez Antonio Luis Baena Tocón contra la sentencia dictada el 2 de septiembre de 2021 por el Juzgado n.º 3 de lo contencioso-administrativo de Alicante. Sentencia que permitía la publicación de un artículo de investigación en el que se aludía a la participación del alférez en calidad de secretario judicial en la instrucción del proceso judicial que sentenció a muerte al poeta Miguel Hernández.

El artículo, titulado 'El caso Diego San José y el Juez Humorista', es obra del catedrático de Literatura de la Universidad de Alicante, Juan Antonio Ríos Carratalá, continuará accesible a través del repositorio de la Universidad de Alicante.

Tras ser conocido el fallo, que aparece publicado con fecha 31 de mayo de 2024, en el que coinciden tanto el Tribunal Supremo como, anteriormente, la Audiencia Nacional, Ríos se ha mostrado aliviado, “solo espero que pronto pueda trabajar en paz sin necesidad de estar pendiente de las instancias jurídicas”, ha confesado.

Los familiares de Baena Tocón exigían la retirada del artículo amparándose en la ley de protección de datos y al denominado derecho al olvido digital para borrar las referencias a su padre, sin embargo, tal y como recogía la sentencia de 2021, “No podemos pedir a una universidad pública que ejerza una suerte de censura previa sobre la producción científica de su profesorado, porque ello supondría la reviviscencia de las formas de censura anteriores a la aprobación de la propia Constitución”.

Desde la Universidad de Alicante la sentencia ha sido muy bien recibida y, una vez más, se han congratulado de la reafirmación del derecho a la libertad de información, expresión e investigación histórica por encima. Desde la institución académica han reivindicado el papel esencial de la investigación histórica y de las fuentes documentales que, por otra parte, son de consulta pública. En este sentido, han querido remarcado lo que la sala cuarta del contencioso administrativo del TSJCV recoge en su sentencia, “la ponderación nos lleva a dar prevalencia al trabajo de investigación histórica, de interés o relevancia pública, por cuanto que las incorrecciones apreciadas constituyen errores circunstanciales que no afectan a la esencia de lo informado”.

Mientras tanto, en la Audiencia Provincial de Cádiz continúa abierta una causa contra más de un centenar de demandados entre los que se encuentran Juan Antonio Ríos, la propia Universidad de Alicante y todos aquellos periodistas, responsables de medios de comunicación, entidades o personas que se hicieron eco del caso de Baena Tocón en 2019. El demandante, nuevamente el hijo del alférez, residente en Jerez de la Frontera, pedía alrededor de 11,5 millones de euros por la intromisión ilegítima en el honor " y en la “intimidad personal y familiar”.

 
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