Tribunales

La Justicia mantiene los diez años de cárcel al fisioterapeuta que abusó de una menor con parálisis cerebral

El TSJCV rechaza el recurso del condenado y asegura que la valoración que de los hechos que hizo el tribunal de instancia ha de considerarse "ajustada a sentido"

Vista general de la Ciudad de la Justicia de València en una imagen de archivo. / Ana Escobar (EFE)

València

La sección de apelaciones penales de la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha mantenido los 10 años de cárcel impuestos a un joven, fisioterapeuta, por abusar sexualmente de una niña de dos años y ocho meses con parálisis cerebral y retraso en el desarrollo motor.

De esta forma, el tribunal desestima el recurso interpuesto por la defensa del joven, quien fue condenado por la Audiencia de Valencia a 10 años de prisión por un delito de abuso sexual sobre menores de 16 años. Durante el juicio, el condenado defendió que "únicamente" estudiaba el suelo pélvico de la menor para valorar su movilidad (con el consentimiento y conocimiento de los progenitores) pero el tribunal no creyó su versión de los hechos. Ni ahora el TSJCV.

La Fiscalía reclamaba para el joven 12 años de prisión por un delito de abuso sexual y, alternativamente, 14 años por agresión sexual; mientras que la acusación particular, que representaba a los padres de la menor, reclamaba 15 años de prisión para el sanitario y, la defensa, la absolución. La Audiencia y el TSJCV han fijado finalmente 10 años de prisión.

Para ello, el tribunal valenciano considera que, en cuanto al propósito médico y no sexual del joven, este no aportó un dictamen pericial que corroborase claramente sus afirmaciones, "carga que incumbía al apelante y no a la acusación, dado que por ésta se pretendía hacer ver que no concurrió en el acusado un ánimo lúbrico sino curativo, es decir, un hecho impeditivo que invierte la carga probatoria". Si a esto se añade lo que fue visto por los padres, además de otros indicios confirmados, "no es posible otra conclusión que la condena impuesta".

La valoración de los hechos es "ajustada a sentido"

Así, el TSJCV estima que la valoración que de los hechos que hizo el tribunal de instancia ha de considerarse "ajustada a sentido" por hallarse en correspondencia con la lógica vulgar y con la común experiencia, "sin que sus apreciaciones puedan ser tachadas de absurdas, arbitrarias, incoherentes o inconsistentes", por lo que se desestima el recurso de apelación interpuesto.

"Podemos calificar la sentencia objeto del recurso como totalmente correcta, tanto por lo que se refiere a la valoración que efectúa de la prueba obrante en la causa como con respecto a las consecuencias de índole jurídica que liga a los hechos previamente aceptados como probados", apostilla.

Los hechos

El condenado prestaba desde 2017 sus servicios de fisioterapeuta en una empresa a la que el Ayuntamiento de un municipio de la comarca de L'Horta había adjudicado ese mismo año el contrato del servicio del Gabinete Psicopedagógico Municipal. Desde principios del años 2022, la víctima, de dos años y ocho meses de edad, comenzó a recibir tratamiento rehabilitador, especialmente fisioterapeuta por parte del sanitario, como consecuencia de la parálisis cerebral y retraso en el desarrollo motor que sufría, lo que le impedía andar y desplazarse sola.

La menor acudía al centro varias veces por semana. El 3 de mayo de 2022, los padres de la niña acudieron a su cita a las instalaciones y el acusado se la llevó hasta uno de los despachos y cerró la puerta, mientras la madre esperaba fuera. Durante la sesión, el joven, aprovechándose de la vulnerabilidad de la menor, abusó de ella.

La madre, alertada por el llanto de la niña, superior al habitual en las sesión de rehabilitación, se asomó a una estrecha franja del vinilo de la pared del despacho por donde se podía ver el interior y vio al sanitario abusando de la niña, pero no pudo abrir la puerta. Llamó a su marido, que le esperaba en la calle, y éste subió. A base de golpes, logró abrir la puerta y ambos padres pudieron entrar en la estancia.

En ese momento, la madre cogió en brazos a la niña. Fue asistida ese día en Urgencias y se le diagnosticaron varias lesiones que requirieron asistencia y le provocaron un trastorno de estrés postraumático.

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