Tribunales

Condenan a la cofundadora de Vox, Cristina Seguí, a 15 meses de prisión por difundir un vídeo de menores violadas

Por un delito contra la integridad moral, y otro de descubrimiento y revelación de secretos con agravante de género

La acusada, Cristina Seguí, en el juicio / Europa press (Europa Press)

La acusada, Cristina Seguí, en el juicio

València

La agitadora Cristina Seguí ha sido condenada a un total de quince meses de prisión por un juzgado de lo Penal de València por haber difundido un vídeo de chicas menores de edad víctimas de una violación grupal en Burjassot, además de a una multa.

En concreto, según la sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, se le condena por un delito contra la integridad moral, y otro de descubrimiento y revelación de secretos con agravante de género. Por el primero de los delitos se le impone una condena de quince meses de prisión, y por el segundo de ellos, al pago de tres meses de multa con cuota diaria de diez euros.

Asimismo, y en concepto de responsabilidad civil, la sentencia establece que abonará a una de las menores la cantidad de 12.000 euros.

Cristina Seguí, en una imagen de archivo

Cristina Seguí, en una imagen de archivo / Europa Press

Cristina Seguí, en una imagen de archivo

Cristina Seguí, en una imagen de archivo / Europa Press

Según el relato de hechos probados que establece la sentencia, el día 19 de mayo de 2022 publicó en su cuenta de la red social Twitter un vídeo de las historias de Instagram de una de las chicas víctimas de violación en la que aparecía ella con dos amigas más, también menores, y en el que se recogía, con imagen y sonido, una conversación entre las tres, con las caras cubiertas por un filtro.

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Cristina Seguí lo difundió en su propia cuenta de Twitter, que contaba con 200.000 seguidores, acompañándolo de un membrete en diagonal en la imagen con su nombre y del siguiente texto: ”Está todo mal, no es una niña de 12 sino de 15 o 16, el sexo fue acordado y consentido y lo hicieron para hacerse famosas en TV gracias a medios de difusión como vosotros”. Según la sentencia, dicho texto fue escrito y difundido con la intención de menospreciar y denigrar a esas menores públicamente.

Asimismo, ese día Seguí acudió al programa 'Estado de alarma', al que dio el vídeo para ser reproducido y comentado por ella y por su presentador bajo el título “Desmontando la falsa manada de Burjassot, con Cristina Seguí”. El video fue eliminado de las redes sociales a requerimiento de la Agencia Estatal de Protección de Datos, y hoy los enlaces están deshabilitados.

Como consecuencia de lo anterior, la menor padece estrés postraumático, agravado por la difusión del video. Tuvo que cambiar de centro escolar porque fue reconocida por muchos compañeros y señalada como protagonista de los hechos referidos, y recibe tratamiento psicológico,

La resolución no es firme y puede recurrirse.

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