Tribunales

El TSJCV confirma la absolución de un hombre acusado de abusar de su hija de 7 años

En esta causa, que fue instruida por un juzgado de Benidorm, los magistrados de la Audiencia Provincial dejaron patentes sus dudas sobre la credibilidad del testimonio de la menor y dieron valor a los testimonios de la abuela y el tío de la niña

Ciutat de la Justícia de València en una imagen de archivo / Getty Images

València

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha confirmado la sentencia absolutoria dictada por la Audiencia Provincial de Alicante para un hombre acusado de abusar sexualmente de su hija de 7 años. En esta causa, que fue instruida por un juzgado de Benidorm, los magistrados de la Audiencia Provincial dejaron patentes sus dudas sobre la credibilidad del testimonio de la menor y dieron valor a los testimonios de la abuela y el tío de la niña, que aseguraron estar en el domicilio en el que se aseguró que se produjeron los tocamientos.

"La presencia de ambos familiares desactiva cualquier posibilidad razonable de que se llevasen a cabo en los términos en que se relatan y, si bien la Sala se representa la posibilidad de que el parentesco que les une con el acusado pudiera hacerles decir lo necesario para evitarle una pena de prisión tan elevada, no se aprecia en sus testimonios preparación o desmesura en cuanto a lo que puede considerarse una manifestación verosímil", refleja la sentencia, hecha pública este martes por el TSJCV.

"En primer lugar, no se apunta razón alguna para que la abuela de la menor no estuviera ese día en casa, en contra de lo que afirman las acusaciones, pues lo razonable es que la misma estuviera, como otros días en su domicilio a la hora de comer y, en cuanto al hermano del acusado, también se refiere su presencia, resultando razonable que el mismo estuviera en su domicilio y comiera allí", se destaca en el fallo.

Manifestaciones ponderadas y concretas

Por otra parte, las manifestaciones de estos testigos se aprecian ponderadas y completas, en el sentido de no omitir aspectos que pudieran perjudicar al acusado, como reconocer que puntualmente pudo haber estado instantes a solas con la menor, cuando la madre iba y venía de la cocina, o que el hermano se marchó de la estancia antes de que la abandonaran su hermano y sobrina.

Los magistrados del TSJCV indican que "se podrá compartir o no por este tribunal de apelación lo dicho por el tribunal de primera instancia, pero no es posible afirmar que sus apreciaciones sean contrarias al sentido común, a la lógica o a la experiencia, ni por tanto que sean absurdas, arbitrarias, inconsistentes o incoherentes".

"Se trata de una posibilidad valorativa que fue acogida por dicho tribunal, y este tribunal de apelación, tanto si la comparte como si no, no tiene más remedio que no rechazarla porque no está completamente carente de sentido", de modo que se rechaza el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria.

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