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Tribunales

Condenado por agredir sexualmente a su sobrina de 10 años en Alicante

El tribunal confiere credibilidad al relato de la menor y descarta que pudiese haber actuado con el ánimo de causar daño a su tío

EUROPA PRESS

Alicante

Un hombre de 57 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a cuatro años de prisión por agredir sexualmente a su sobrina, de 10 años, cuando esta acudió a pasar una noche en casa de sus abuelos maternos en la ciudad de Alicante.

Dictada por un tribunal de la Sección Segunda, la sentencia considera probado que la agresión sexual se produjo en una fecha no determinada entre los años 2015 y 2016 cuando el encausado también se encontraba en el domicilio de sus padres, según la resolución judicial -contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV)-.

El acusado negó los hechos durante su declaración en el juicio y atribuyó la presentación de la denuncia al interés de la menor por perjudicarlo porque él había descubierto que se dedicaba a quitarle dinero. En esta línea, su defensa solicitó su libre absolución.

Sin embargo, el tribunal confiere credibilidad al relato de la menor y descarta que pudiese haber actuado con el ánimo de causar daño a su tío, ya que no fue hasta cinco años después de los hechos, en 2021, cuando decidió contarle lo sucedido a su madre.

Las psicólogas alertaron a la Policía

Además, el tribunal apunta que, en el juicio, la víctima aseguró que no había contado nada antes porque estaba “aterrada” y no quería causar problemas en las relaciones entre familiares.

Los magistrados señalan que fueron las psicólogas del equipo de salud mental al que acudía para recibir tratamiento quienes dieron traslado a la Policía de la conducta del acusado, lo que motivó que la menor “se disgustase” y tuviese dificultades para volver a confiar en ellas para seguir recibiendo atención.

La sala considera al encausado responsable del delito de abuso sexual a menor de 16 años por el que se le acusaba y le impone la pena de cuatro años de prisión tras aplicar la atenuante de reparación del daño, ya que el procesado había consignado la cantidad de 2.500 euros para cubrir una hipotética responsabilidad civil en caso de resultar condenado.

Añade alejamiento a una distancia mínima de 500 metros respecto a la menor por un tiempo de 7 años y libertad vigilada por otros 10 años a contabilizar tras el cumplimiento de la pena de privación de libertad, además de una compensación de 2.000 euros.