Industria abre la plataforma para que los concesionarios tramiten las ayudas a la compra de vehículos perdidos por la DANA
Estas ayudas están dirigidas a las nuevas compras que se realicen en los concesionarios adheridos al plan y también a las que se hayan realizado desde el día posterior a las inundaciones
València
El Ministerio de Industria y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Industria, abre este miércoles, a partir de las 10.00 horas, la aplicación web del ‘Plan Reinicia Auto+’ para que los concesionarios adheridos puedan tramitar las ayudas del Gobierno de España para remplazar los vehículos perdidos por la DANA.
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Estas ayudas están dirigidas a las nuevas compras que se realicen en los concesionarios adheridos al plan y también a las que se hayan realizado desde el día posterior a las inundaciones, ya que tienen carácter retroactivo. Una vez cerrado el plazo, se han adherido al plan un total de 1.367 concesionarios de toda España, que se pueden consultar en la página web del Ministerio de Industria.
El objeto del ‘Plan Reinicia Auto+’ es incentivar la adquisición en España de vehículos que sustituyan a los vehículos asegurados que han sido considerados siniestro por efecto de la DANA.
Los puntos de venta de vehículos adheridos y acreditados conforme al programa actuarán como representantes de los solicitantes de ayudas, estando habilitados para presentar estas solicitudes junto con la documentación necesaria en nombre de dichos solicitantes, así como para la justificación de las mismas y para recibir las correspondientes notificaciones.
Las ayudas se concederán para la compra de vehículos nuevos, entendiendo como tales aquellos procedentes de fábrica, y matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda. También para la adquisición de vehículos seminuevos, entendiendo como tales los que estuvieran previamente en posesión de un concesionario y matriculados en España a su nombre con fecha posterior al 30 de octubre de 2021. En ambos casos, la fecha de factura de la compraventa del vehículo objeto de la subvención deberá ser igual o posterior al 30 de octubre de 2024.
Los vehículos deberán encuadrarse en uno de los dos grupos siguiente: “sección ‘Cero’, son los vehículos con distintivo ambiental “Cero emisiones” según la clasificación establecida por la Dirección General de Tráfico, y sección ‘ECO/C, que son los vehículos con distintivo ambiental “Eco” o distintivo “C”, según la DGT.
La forma de concesión será por orden de presentación de las solicitudes, hasta el 30 de junio de 2025 o, si ocurriera antes, hasta agotarse el préstamo disponible.
Con carácter general cada solicitante de ayuda solo podrá optar a una subvención por vehículo siniestrado. Si acredita ser titular de más de un vehículo siniestrado y asegurado podrá optar, en el caso de las personas físicas, a un máximo de dos subvenciones y en el caso de las personas jurídicas, a un máximo de cinco subvenciones.
El beneficiario de una ayuda del ‘Plan Reinicia Auto+’ deberá mantener la titularidad del vehículo al menos durante tres años. Es condición indispensable que el vehículo siniestrado sea dado de baja y achatarrado en el plazo de dos años a partir de la fecha de concesión de la ayuda. Por otro lado, el titular del vehículo siniestrado que consta en los registros de la Dirección General de Tráfico debe coincidir con el titular que adquiere el vehículo objeto de la ayuda.
Estas ayudas son compatibles con la deducción del 15% del IRPF por la adquisición de un vehículo eléctrico nuevo. Las categorías de vehículos que estarán incluidas en las ayudas son los turismos, furgonetas o camiones ligeros y motos.
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