La defensa del número 2 de Emergencias imputado por la DANA, partidaria de acumular acusaciones para evitar "un retraso insoportable"
La jueza afea a la defenda de Argüeso que defienda que no existe delito, pero pida que imputen a otras personas

El exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, su llegada a los juzgados de València para declarar como investigado en la causa judicial por la gestión de la DANA. / Biel Aliño (EFE)

València
La defensa del ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, imputado por la jueza de la DANA, se ha mostrado partidaria de acumular las acusaciones y que sea Podemos quien las coordine por ser la primera que se presentó.
Así se desprende de un escrito, al que ha tenido acceso la SER, en el que el letrado de Argüeso pide, por una cuestión de operatividad procesal, la acumulación de acusaciones populares, con una sola representación y dirección técnica liderada por el letrado de la formación morada. A su entender, no acordar esta unificación "supone una violación del derecho de defensa" de su cliente y "someter a la causa a un retraso insoportable".
Unificación de las acusaciones populares
Respecto a la unificación de las acusaciones populares, el letrado indica que la LECRim recoge en su artículo 113 que podrán ejercitarse expresamente las dos acciones por una misma persona o por varias, "pero siempre que sean dos o más las personas por quienes se utilicen las acciones derivadas de un delito o falta, lo verificarán en un solo proceso y, si fuere posible, bajo una misma dirección y representación, a juicio del tribunal".
En cuanto a la unificación de las acusaciones particulares, el letrado también se refiere a la LECRim, en este caso a su artículo 109 bis, que establece que el ejercicio de la acción penal por alguna de las personas legitimadas conforme a este artículo no impide su ejercicio posterior por cualquier otro de los legitimados.
"Cuando exista una pluralidad de víctimas, todas ellas podrán personarse independientemente con su propia representación. Sin embargo, en estos casos, cuando pueda verse afectado el buen orden del proceso o el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, el juez o tribunal, en resolución motivada y tras oír a todas las partes, podrá imponer que se agrupen en una o varias representaciones y que sean dirigidos por la misma o varias defensas, en razón de sus respectivos intereses", recoge.
Número "amplísimo"
Al respecto, el abogado indica que en la causa de la DANA hay un número "amplísimo" de acusaciones populares y de acusaciones particulares, alrededor de 40.
Y señala que la "tremenda" cantidad de acusaciones, "única en la historia de España", "limita el derecho de defensa de esta parte, pues es imposible poder impugnar recursos de decenas y decenas de acusadores, contestar y leer todo tipo de escritos y peticiones de prueba que realizan, con lo que el derecho de defensa de mi representado queda claramente violentado", expone.
Además, advierte de que cualquier acto de prueba "tiene una duración excesiva": "interrogatorios que deberían durar menos de una hora, acaban durando jornadas entera en sesiones de mañana y tarde, y con ello se retrasa injustificadamente el proceso, y además es imposible a esta parte poder hacer frente a preguntas de decenas y decenas de acusadores", insiste.
Y añade: "Es tal la cantidad de acusaciones, que la misma Secretaría de este Juzgado no es capaz de llevar a cabo todas las notificaciones de forma correcta, y ello no es una queja a su funcionamiento, todo lo contrario, no se cómo pueden hacer frente a la cantidad de citaciones y notificaciones al no haber acumulación".
La defensa de Pradas insiste: Es necesario unificar acusaciones en la causa de la dana
La defensa de la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas, investigada en la causa penal sobre la gestión de la dana, ha insistido este viernes a la jueza de Catarroja que instruye el caso sobre la necesidad de unificar las acusaciones para agilizar el proceso.
En un escrito al que ha tenido acceso EFE, el letrado Eduardo de Urbano argumenta que "dada la situación actual del procedimiento -con más de 40 partes personadas- y teniendo en cuenta las inhibiciones que se están produciendo de otros juzgados en este, se hace más que necesaria la unificación en aras de salvaguardar debidamente el derecho de defensas".
Sobre las acusaciones populares, menciona que la jurisprudencia al respecto "reconoce que no se les debe conceder el privilegio de actuar separadamente dado que el fin que persiguen en cualquier procedimiento, sin perjuicio de que representen ideologías o intereses distintos, es el mismo".
En referencia a las particulares expone que "si bien cada una de ellas está condicionada por unos hechos concretos, el interés final, común a todas ellas, es el esclarecimiento de las causas que llevaron a tan lamentable resultado y por ende, a su correspondiente reparación, por lo que su unificación estaría igualmente justificada".
La jueza rechaza por segunda vez otra petición de Argüeso
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, que investiga las muertes y lesiones en la DANA del pasado 29 de octubre, ha desestimado el recurso de del ex secretario autonómico de Emergencias investigado en la causa, Emilio Argüeso, contra el auto del pasado 24 de abril en el que se denegaba su petición de que declarasen como investigadas otras personas, entre ellas el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo.
La jueza ha dictado otras dos resoluciones en el marco de la instrucción que lleva a cabo, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
En un auto, la instructora desestima el recurso de reforma interpuesto por la defensa del ex número 2 de Emergencias, Emilio Argüeso, contra una resolución del pasado 24 de abril en el que se denegaba su petición de que declarasen como investigados el presidente de la CHJ, el que fuera jefe del Consorcio Provincial de Bomberos, José Miguel Basset, una jefa de servicio de coordinación del 112 y una técnica de comunicación de Emergencias.
La jueza reitera a la parte recurrente que no ostenta legitimación para interesar la declaración como investigado de otra persona, "máxime si atendemos al hecho de que el Ministerio Fiscal solicita la desestimación del recurso", subraya.
Además, inciden en que "las conductas que se atribuyen" a esas personas "no poseen encaje en la posición de garante respecto de los homicidios y lesiones imprudentes, en el sentido desarrollado por auto de la Audiencia Provincial de Valencia de 19 de mayo de 2025".
"Orden lógico y coherencia interna"
El auto alude también a una "cuestión de simple orden lógico y coherencia interna argumentativa", pues si se defiende por la defensa que no hay delito alguno, "carece de lógica citar como investigado a nadie". Por tanto, "la argumentación de que no hay delito es incompatible con la pretensión final: debe haber otros investigados", precisa la juez.
En cuanto a otra providencia notificada hoy, la magistrada acuerda en ella, entre otras cosas, unir al procedimiento un informe aportado por la acusación popular que ejerce que el sindicato Fetap-CGT, dar traslado a las partes de un informe de la Policía Judicial de la Guardia Civil y hacer lo propio con dos escritos presentados por la defensa de la exconsellera de Justicia e Interior, uno de ellos con un vídeo y una fotografía que se adjuntan a la causa.
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