Absuelto en Alicante un guardia civil que se apropió de relojes y anillos incautados, tras prescribir el delito
La exesposa del agente, el cual desempeñaba su puesto en Xàbia, hizo entrega de una bolsa identificada con los anagramas de la Guardia Civil que incluía los efectos

Guardia Civil

Alicante
Un agente de la Guardia Civil ha sido absuelto por la Audiencia de Alicante de un delito de apropiación indebida por quedarse con ocho relojes y cuatro anillos incautados en una operación policial al haber prescrito el hecho delictivo.
Habían transcurrido más de cinco años desde que ocurrió, en septiembre de 2016.
El encausado reconoció la autoría en la vista oral celebrada el pasado día 4 al señalar que, tres semanas después de que se interviniesen esas joyas, se las llevó a su domicilio.
No obstante, el tribunal acuerda su libre absolución. La sentencia detalla que, en 2016, el agente desempeñaba su trabajo en el área de investigación del puesto del instituto armado de Xàbia, y "con el ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito", se apropió de ocho relojes y cuatro anillos que incorporó a su patrimonio, sacándolos de dependencias policiales y ocultándolos en su casa.
Una bolsa con el anagrama de la Guardia Civil, escondida en un puf
Fue la exmujer del procesado quien acudió a la Comisaría de Policía Nacional de Dénia en diciembre de 2021 para hacer entrega de una bolsa identificada con los anagramas de la Guardia Civil, que contenía los relojes y los anillos.
En ese momento, adujo que había encontrado la bolsa escondida en un puf del que había sido el domicilio conyugal de la pareja.
Según la sentencia, los relojes y los anillos habían sido aprehendidos en la Operación Pinosol desarrollada en la comarca alicantina de la Marina Alta en agosto de 2016.
Detalla que uno de los relojes había sido tasado en 3.800 euros, mientras que los otros siete y los cuatro anillos restantes alcanzaban el valor de 1.246,89 euros.
La Fiscalía solicitaba para el agente dos años de cárcel y multa de nueve meses, con cuota diaria de 10 euros, por la comisión del delito de apropiación indebida, que el Código Penal (CP) castiga con penas de entre seis meses y tres años de prisión.
Sin embargo, el tribunal estima que, “habiendo transcurrido cinco años desde la comisión de los hechos”, procede acordar la prescripción del delito, en función de lo previsto en los artículos 130 y 131 del CP para los ilícitos en los que concurra una pena máxima de cinco años.
En consecuencia, la sentencia resulta absolutoria por prescripción, aunque contra ella cabe la posibilidad de interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.




