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Nuevas normas para circular con patinete eléctrico en Castellón: será obligatorio un certificado de circulación, un seguro y habrá una edad mínima de 15 años para conducirlos

El Ayuntamiento de Castellón ha presentado este viernes la primera ordenanza de movilidad sostenible

Castellón ha presentado este viernes la primera ordenanza de movilidad sostenible que regulará la circulación de patinetes eléctricos en la ciudad.

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La concejalía de Movilidad ha presentado este viernes la normativa que tendrá que aprobarse en pleno y establece un marco legal para poner solución a la falta de normas para los patinetes eléctricos, entre otras cuestiones.

Esta ordenanza establece normas generales de circulación y seguridad vial y para vehículos a motor, vehículos pesados y Vehículos de Movilidad Personal (VMP) así como la regulación de zonas peatonales, zonas de bajas emisiones, etc. Dentro de la normativa, destaca especialmente la inclusión de una regulación para la circulación de patinetes.

Nuevas reglas para patinetes

La aprobación de esta ordenanza establecerá nuevas medidas de obligado cumplimiento para aquellos que circulen con patinete eléctrico por la ciudad. Entre ellos:

♦ Se tendrá que disponer de un certificado de circulación

♦ Los VMP se considerarán un vehículos y deberán cumplir las condiciones y requisitos de circulación establecidos para ellos

♦ La edad mínima para circular con VMP será de 15 años

♦ Quedará prohibido circular con auriculares

♦ Queda también prohibido el consumo de drogas y superar la tasa de alcohol establecida en la normativa general de Tráfico

♦ No podrán circular más de una persona en un VMP

♦ El casco homologado será obligatorio

♦ Los VMP tendrán que tener un seguro obligatorio

♦ Los patinetes no podrán circular por encima de las aceras

♦ Deberán disponer de timbre, sistema de frenado, luces y elementos reflectantes debidamente homologado

♦ La velocidad no podrá superar los 25 km/h

Esta normativa responde a normativas como la Ley de Tráfico, del año 2015, que confiere a los municipios la competencia para la ordenación y control del tráfico en las vías urbanas de titularidad municipal y la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que establece la obligación de los municipios de más de 50.000 habitantes a que tengan planes de movilidad urbana sostenible.

 

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