Pradas reclama a la jueza que incorpore documentación sobre la CHJ que constituye, según su defensa, la "caja negra de la emergencia"
Además, también pide a la magistrada cuántas alertas rojas se han decretado en los últimos diez años y cuántos CECOPI se convocaron tras las mismas

GRAFCVA7085. VALENCIA, 11/04/2025.-La exconsellera de Justicia e Interior del Gobierno valenciano Salomé Pradasa su llegada a los juzgados de València para declarar como investigada en la causa judicial por la gestión de la dana. EFE/Biel Aliño / Biel Aliño (EFE)

València
La defensa de la exconsellera de interior, Salomé Pradas, ha presentado un recurso de apelación contra la decisión de la jueza que investiga la gestión de la DANA de no incorporar a la causa documentación de la CHJ que, según el abogado de Pradas, constituyen la caja negra de la emergencia.
En concreto, la jueza se negó a que pedir la obtención integra del sistema Coordcom, donde están integradas las diferentes agencias de la emergencia y un oficio a la Confederación Hidrográfica del Júcar para que remita copia del WAP, que incluye incluye todos los aforos, caudales y crucialmente los registros detallados de las alarmas activadas por los niveles de los ríos.
La defensa de Pradas asegura que son dos diligencias imprescindibles sobre la gestión de la DANA. El abogado insiste en que no se solicita un «volcado general» ni el acceso a información irrelevante; sino las comunicaciones íntegras directamente relacionadas con la emergencia de ese día.
En el recurso, la defensa de Pradas vuelve a arremeter contra la actuación de la CHJ y cita el testimonio de una coordinadora del Centro de Coordinación de Emergencias, que estuvo en la sala de mando el 29-O, y que afirmó ante la jueza que en el correo de la CHJ alertando del incremento del caudal en la rambla del Poyo "no había ninguna frase que alertase, no había una banderita roja". El abogado insiste en que esos datos (los de Coordcom y los del WAP) son “imprescindibles” para determinar “si existieron fallos en la coordinación entre las muy numerosas personas y organismos relacionadas con la gestión de la catástrofe o si se siguieron los protocolos establecidos”.
Información sobre las alertas rojas y los CECOPI
Además, la defensa también ha pedido a la jueza de Catarroja que pida a la Generalitat saber cuántas alertas rojas se han decretado en los últimos 10 años y en cuántos de esos casos se procedió a la convocatoria de un CECOPI tras las mismas.
Argumentan para esta petición que así se dispondrá de un elemento de contraste "muy relevante, para poder apreciar la excepcionalidad de la constitución del CECOPI el día 29 de octubre de 2024, especialmente ante las afirmaciones de tardanza sostenidas por algunas acusaciones y recogidas en determinados autos".
"Esta diligencia permitirá establecer un marco comparativo basado en hechos, que ayudará sin duda a determinar si la actuación del 29 de octubre de 2024 se ajustó a los protocolos habituales y a la práctica seguida ante situaciones de emergencia en las que se declaró la alerta roja", sostienen.
Añaden que de ese modo se podrá "valorar adecuadamente si la temporalidad de la convocatoria del CECOPI fue una anomalía o una pauta recurrente, lo cual es fundamental para la correcta valoración de las posibles responsabilidades en el procedimiento".
Sobre el Es-Alert y su no incorporación al Plan Territorial de Emergencias
Por otro lado, entre los documentos que aportan al juzgado está la nota de prensa de la Conselleria de Emergencias e Interior, por la que se informa del inicio de la actualización del Plan Territorial de Emergencias de la Comunitat Valenciana, en el que se va a incluir un nuevo procedimiento de actuación para la gestión del sistema de alerta a la población Es-Alert.
A su juicio, "es fundamental para contextualizar el marco normativo y operativo vigente en materia de emergencias en la Comunitat Valenciana en la fecha de los hechos que se instruyen en esta causa, concretamente el día 29 de octubre de 2024".
"Acredita de manera fehaciente que, en el momento de producirse los sucesos investigados, el sistema de aviso a la población Es-Alert aún no estaba formalmente incorporado al Plan Territorial de Emergencias de la Comunitat Valenciana", añade.
Ello, prosiguen es "crucial para valorar si la actuación de la Conselleria de Emergencias se ajustó a la normativa y protocolos aplicables en aquel momento, por lo que su incorporación a la causa es indispensable para determinar el cumplimiento de los deberes de diligencia exigibles a la consellera en el marco normativo vigente en la fecha de los hechos".
Asimismo, pide que se incorpore copia de los pliegos de la licitación del contrato del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH), en los que se recogen los requisitos que deben cumplir las empresas licitadoras, entre ellos, el de contar con personal especializado. Recuerdan que la empresa a la que fue adjudicado el contrato de servicios fue MATINSA.
Sostienen que "la aportación de estos pliegos es imprescindible para verificar los requisitos técnicos y profesionales exigidos a la empresa para la correcta operación y mantenimiento del SAIH, especialmente en lo relativo a la necesidad de contar con personal especializado".
Agrega que "permiten evaluar la diligencia en la contratación y en la supervisión del servicio, así como determinar si hubo un cumplimiento adecuado de las obligaciones contractuales por parte de la empresa adjudicataria".
"Su análisis es fundamental para deslindar posibles responsabilidades y para comprender si eventuales deficiencias en el funcionamiento del sistema pudieron derivar de un incumplimiento de las condiciones establecidas en la licitación", concluye.
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