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Permiso climático: el derecho a no acudir a nuestro puesto de trabajo en situación de emergencia

Antonio Galván, Secretario Autonómico de Empleo, nos recuerda en qué consiste y a quien afecta este derecho regulado tras la DANA de 2024

Entrevista a Antonio Galván

Entrevista a Antonio Galván

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Valencia

A raíz de la DANA de 2024, y ante el riesgo y ante el riesgo que asumieron muchos trabajadores en los desplazamientos a sus empresas, se reguló esta situación mediante el Real Decreto-ley 8/2024, que establece el llamado "permiso climático". Tal y como ha recordado la Generalitat, se trata de un permiso retribuido que permite a los trabajadores ausentarse hasta cuatro días de su puesto en caso de riesgos graves o alertas climáticas extremas que impidan el acceso al trabajo. El permiso es de un máximo de cuatro días, pero puede prorrogarse mediante un ERTO por fuerza mayor si la situación lo requiere.

Los trabajadores pueden acogerse a ese derecho para evitar desplazamientos en situación de peligro. Por tanto, desde la Autoridad Laboral se subraya la importancia de garantizar la seguridad y la integridad física de los trabajadores.

Además, se insta a las empresas a primar la modalidad de trabajo a distancia cuando sea posible y el trabajo en cuestión lo permita, y siempre que las condiciones de las comunicaciones lo hagan viable.

Asimismo, la Dirección General de Trabajo recuerda que si la empresa tiene prevista la condición de teletrabajo, el trabajador debe prestar su servicio de esta modalidad. En caso de que el centro de trabajo no esté preparado para poder ofrecer a sus empleados la posibilidad de teletrabajar, el personal debe notificar a la empresa la imposibilidad de acudir a su puesto y las circunstancias que lo han provocado.

Antonio Galván, Secretario Autonómico de Empleo, ha comparecido en el programa Hoy por Hoy Valencia para solventar algunas dudas sobre este "permiso climático" y sus excepciones: los llamados servicios esenciales, que siempre son los servicios de Protección Civil y personal sanitario afectos a las emergencias.

Pero también, en el ámbito de las empresas, éstas deben establecer, en su plan de prevención de riesgos laborales, las condiciones esenciales para asegurar sus instalaciones, como en el caso de Ford. Cada empresa conoce sus riesgos y establece sus normas en casos de emergencias, por ejemplo asegurar actividades, como abastecimiento alimentario. Se trata de evitar males mayores.

El "permiso climático", nos recuerda Galván, solo es aplicable en situación de máxima emergencia, es decir con una alerta roja. Pero no con alerta naranja.

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Arturo Blay

Arturo Blay

Editor del programa Hoy por Hoy Valencia desde 2023. Anteriormente editor de Hoy por Hoy Locos por Valencia...

 

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