La jueza de la DANA vuelve a recordar que la vigilancia de los barrancos corresponde a Emergencias
Deniega la petición de requerir a la CHJ las actas de la junta de Gobierno que realizó el 19 de diciembre

El barranco del Poyo, días después de la DANA / Europa Press News

Valencia
La magistrada-juez Nuria Ruiz Tobarra, del Tribunal de Instancia de Catarroja, ha dictado un auto que complementa una resolución anterior (de 16 de octubre) y rechaza requerir a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) las actas y grabaciones de la reunión de su Junta de Gobierno celebrada el 19 de diciembre de 2024. “Una reunión celebrada tiempo después del 29 de octubre de 2024 no permite esclarecer lo sucedido, máxime si atendemos a la ingente prueba documental y testifical que obra en los autos".
La jueza recuerda que la vigilancia de los barrancos correspondía al Centro de Coordinación de Emergencias, y que no consta que se hiciera uso de los agentes medioambientales movilizados el día anterior por la Conselleria de Medio Ambiente.
El auto cita un estudio geográfico publicado por el Instituto Interuniversitario de Geografía de la Universidad de Alicante, que reconstruye la cronología de las lluvias y concluye que: “La escorrentía que llegó primero a l’Horta Sud fue la generada en la subcuenca del barranco de l’Horteta, con la aportación de Gallego y de la parte baja de la cuenca de Poyo.”
La falta de legitimación de Liberum
En otro auto, en el que desestima el recurso de reforma presentado por la acusación particular Liberum, en el marco de las diligencias previas que investigan los hechos ocurridos durante la DANA del 29 de octubre de 2024.
La resolución judicial considera que la actuación de la recurrente no responde a la finalidad de ejercer la acción penal, sino que se alinea con la defensa de uno de los investigados, Emilio Argüeso, y pretende centrar la investigación en la propia jueza instructora. “Se pretende una deriva aberrante del procedimiento, en este caso por una acusación particular, que asume las tesis de la defensa de Argüeso — señala el auto.
La jueza recoge en su resolución declaraciones públicas del abogado de Liberum durante una manifestación en Madrid, donde expresó su intención de “ir a por” la magistrada, afirmando que “Nuria debería estar en la cárcel” y que “el pueblo entero va a ir a por ti, Nuria”.
Además, el auto denuncia que la acusación particular ha intentado introducir en el proceso teorías conspirativas como: La existencia de “miles de asesinados”. La implicación de “gente satánica o masones”. La conexión de los hechos con la agenda 2030. La supuesta “geoingeniería marroquí” como causa de la DANA. “No consta que la Letrada recurrente se haya opuesto a la voluntad rotunda, pública y permanente en el tiempo, de lo que es el origen de los fallecimientos de la DANA (rituales satánicos, agenda 2030), de las teorías conspirativas de ocultación de fallecimientos, ni de las acusaciones de manipulación de los certificados de defunción.” — afirma la jueza.
La magistrada subraya que la acusación particular no está legitimada para continuar en el proceso, y que su actuación carece del más mínimo sentido, por lo que procede a rechazar el recurso.
Pide aclaraciones a la defensa de Argüeso
En una segunda resolución, la jueza requiere a la defensa de Emilio Argüeso. que concrete qué parte del auto anterior desea aclarar, en relación con la atribución de comentarios publicados en un medio digital. “Se atribuye a ‘los Letrados’ la autoría de los comentarios incluidos en el apartado de comentarios, del medio digital cuyos artículos fueron aportados como prueba.”
Además, se da por cumplimentado un requerimiento previo por parte del Director General de Medio Natural y Animal, quien acredita que la comunicación sobre el ofrecimiento de agentes medioambientales fue enviada y recibida oficialmente el 29 de octubre de 2024.
Vídeos de Salomé Pradas
La jueza que investiga la gestión de la dana ha acordado requerir a la Conselleria de Emergencias y a la productora que este departamento contrató el pasado 29 de octubre, día de la catástrofe que provocó 229 fallecidos, el bruto de las imágenes de ese día "sin ningún tipo de edición de la grabación y sonido".
En una resolución de este lunes, la magistrada acepta así la petición que realizó el pasado viernes la acusación que ejerce Acció Cultural del País Valencià (ACPV). Esta entidad advirtió de la existencia de un vídeo --un 'reel' publicado el 29 de octubre de 2024 en el Instagram de la exconsellera de Interior Salomé Pradas-- que incluye "tomas que no coinciden con ninguno de los vídeos conocidos hasta ahora".
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