El Tribunal Supremo avala que se cuelguen banderas LGTBI en los edificios oficiales
Da la razón a la Delegación del Gobierno en València tras la denuncia de Abogados Cristianos. Lambda denuncia ante el Síndic de Greuges la situación del servicio público l’Armari de la Memòria, dependiente de la Generalitat

Bandera LGTBIQ en la sede de la Delegación del Gobierno en València / Cadena SER

València
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que considera ajustado a derecho el acto de colocación el día 28 de junio de 2023 de una bandera no oficial del colectivo LGTBI en la fachada de la sede oficial de la Delegación del Gobierno en València, que fue impugnado por la Asociación de Abogados Cristianos.
El alto tribunal concluye que la actuación de la Administración Pública (Delegación del Gobierno en València), consistente en la colocación de una bandera no oficial del colectivo LGTBI en la sede oficial de aquella, el Día Nacional del Orgullo LGTBI, “debe ser conceptuada como una acción positiva a favor de este colectivo LGTBI, de acuerdo con la normativa legal aplicable, sin que aquella resulte contraria al principio de objetividad y neutralidad institucional que el artículo 103.1 de la Constitución impone a la Administración Pública”.
La Sala sigue el mismo criterio que ha aplicado hasta la fecha en otras tres sentencias a favor de la colocación de la bandera LGTBI, impugnada también por Abogados Cristianos, en el Ayuntamiento de Zaragoza, y la Diputación Provincial y el Ayuntamiento de Valladolid.
En este caso, el Supremo ha estimado el recurso de casación del abogado del Estado contra la sentencia dictada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que había estimado el recurso de Abogados Cristianos al considerar que el acto de la Delegación del Gobierno fue una vía de hecho, dado que para la colocación de la bandera en el edificio oficial no se siguió ningún procedimiento, ni se dictó ninguna resolución.

Bandera LGTBIQ en la sede de la Delegación del Gobierno en València / Cadena SER

Bandera LGTBIQ en la sede de la Delegación del Gobierno en València / Cadena SER
El alto tribunal no comparte ese argumento y señala que debe seguir el criterio de los precedentes jurisprudenciales citados, en los que ha resuelto que este tipo de actuaciones deben ser entendidas como medidas de acción positiva de la Administración a favor del colectivo LGTBI, y no contrarias a la neutralidad institucional. Por lo que desestima el fondo del recurso de Abogados Cristianos, y considera innecesario entrar en si dicha asociación tenía o no falta de legitimación para recurrir.
L'Armari de la Memòria
Por otro lado, Lambda ha presentado una denuncia formal ante el Síndic de Greuges y la Inspección General de Servicios Sociales de la Generalitat por hostigamiento administrativo, trato discriminatorio y bloqueo de espacios al servicio público l’Armari de la Memòria, dependiente de la Dirección General de Diversidad.
El colectivo acredita meses de obstáculos administrativos, decisiones arbitrarias y dilaciones injustificadas por parte de la Dirección General de Diversidad con 127 documentos con registro oficial, presentados junto a las denuncias, que han impedido el normal funcionamiento del servicio, como explica Fran Fernández, coordinador de Lambda.
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Fran Fernández (Lambda) sobre la situación en el servicio público l'Armari de la Memòria
Para Compromís, lo que está ocurriendo en l’Armari de la Memòria no es casualidad, ni una descoordinación puntual.
La concejala Lluïsa Notario está convencida de que se trata de una ofensiva ideológica orquestada por el PP para desmantelar los servicios y las leyes que protegen y amparan a las personas LGTBIQ impulsadas por el gobierno del Botànic.
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Lluïsa Notario (Compromís) sobre la situación en el servicio público l'Armari de la Memòria
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