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El Partido Popular de Biar vota a favor la modificación del PGOU contra el criterio de la Comisión Territorial de Urbanismo, señala la oposición

El pleno del Ayuntamiento de Biar aprueba, únicamente con los votos del equipo de gobierno, la Modificación Puntual nº 17 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), destinada a regular la implantación de plantas fotovoltaicas en suelo no urbanizable.

Panorámica de Biar / Tur

Panorámica de Biar

Villena

La oposición —GMS y SUMEM— se abstuvo en bloque al considerar que el documento aprobado no incorpora los cambios exigidos por la Comisión Territorial de Urbanismo (CTU), cuyo informe es vinculante. Informes obligatorios sin incorporar La Comisión Territorial de Urbanismo emitió un informe el 6 de noviembre de 2024 en el que establecía una serie de requisitos obligatorios para que el planeamiento fuera válido. Entre ellos:

• La eliminación de zonas destinadas a instalaciones fotovoltaicas situadas dentro del corredor fluvial del Vinalopó, así como una franja de protección de 100 metros.

• La exclusión de áreas inundables o susceptibles de inundación. • La correcta identificación y protección de vías pecuarias.

• La preservación de la infraestructura verde y de los corredores ecológicos. Según la documentación técnica consultada, el expediente aprobado no incorpora estas modificaciones, lo que podría dejar sin efecto la validez de la modificación del planeamiento en caso de revisión por parte de la administración autonómica o de los tribunales.

La oposición explica su abstención

Tras una reunión mantenida por todos los miembros de la corporación y el técnico redactor, este respondió con ambigüedades y un bajo nivel de concreción a todas las cuestiones planteadas por los miembros del Grupo Municipal Socialista y el Grupo Sumem, lo que no hizo más que alimentar las dudas de los grupos de la oposición Los grupos de la oposición justificaron su abstención señalando que comparten la necesidad de regular la implantación de plantas fotovoltaicas para evitar la llegada de macroproyectos, pero consideran que la modificación debe aprobarse cumpliendo escrupulosamente todos los informes técnicos y ambientales vinculantes.

La abstención conjunta responde, según explicaron, a que votar a favor implicaría avalar un documento que podría resultar nulo de pleno derecho, mientras que votar en contra podría interpretarse como una negativa a regular el fenómeno de las instalaciones solares en el municipio.

 

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