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El Ayuntamiento de Alicante insta a la Cámara de Comercio a demoler la planta "ilegalizable"de su nueva sede

Urbanismo emite un oficio y traslada "las medidas de restauración de la legalidad urbanística que la institución debe adoptar para la licencia de obra mayor"

El Ayuntamiento respalda a los técnicos en la aplicación de normativa sobre las obras de la Cámara.

El Ayuntamiento respalda a los técnicos en la aplicación de normativa sobre las obras de la Cámara. / EUROPA PRESS

El Ayuntamiento respalda a los técnicos en la aplicación de normativa sobre las obras de la Cámara.

Alicante

Otro capítulo de las obras de la nueva sede de la Cámara de Comercio de Alicante en Panoramis. El Ayuntamiento de Alicante insta a la entidad cameral a demoler la planta "ilegalizable". Lo ha hecho a través de un oficio.

Nuevo proyecto para regularizar la situación

Según ha informado el Consistorio, el Servicio de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Alicante ha emitido esta semana un oficio en el que traslada a la Cámara de Comercio las “medidas de restauración de la legalidad urbanística vulnerada” que debe adoptar para regularizar las obras ejecutadas en el Centro de Negocios Panoramis Life & Business, entre las que destaca “la aportación de un nuevo proyecto refundido que regularice la situación”.

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Un proyecto, ha añadido, que “no incluya en ninguna parte de su contenido ejecución de ningún elemento constructivo respecto a la planta ilegalizable (segunda planta) y que sí incluya la ejecución de los preceptivos trabajos de demolición de lo ilegalmente construido”.

Además, la tramitación de la licencia de obra mayor queda supeditada a la aprobación del proyecto de obra que abarque todo el ámbito de la concesión, presentado en noviembre por Digital Corner y que está siendo evaluado por los técnicos “a fin de ser informado y proseguir con la tramitación de la licencia de obras al mismo, así como con la posterior autorización de la actividad de oficinas”.

Respuesta a la Cámara

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El presidente de la Cámara, Carlos Baño, en Radio Alicante, pedía una respuesta por parte del Consistorio que no llegaba y que lo hace ahora. Disciplina Urbanística ha emitido este oficio en respuesta a un escrito presentado por la Cámara de Comercio el 25 de noviembre de 2025 solicitando que se “impulse la tramitación administrativa del expediente de referencia, emitiendo las instrucciones que procedan y autorizando el proyecto adecuable y autorizable mediante licencia municipal de obras o, en su caso su tramitación como declaración responsable”.

No existe proyecto de obras del concesionario

En primer lugar, señalan desde Urbanismo que “no existía presentado ante la Autoridad Portuaria, como así nos fue comunicado por la misma a nuestro requerimiento, proyecto de obras del concesionario Digital Corner, ni de ninguno de sus arrendatarios que le hubiera aportado el citado concesionario, como obligan, no sólo los términos de la concesión portuaria, sino la normativa aplicable: el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y la Ordenanza aplicable a las edificaciones realizadas por particulares en el interior del dominio público portuario, del Plan Especial del Puerto”.

En este sentido, recuerda Disciplina Urbanística, “el Ayuntamiento no puede otorgar licencia de obra en suelo de dominio público portuario al margen de la concesión otorgada por la Autoridad Portuaria y del proyecto autorizado por la misma al concesionario, Digital Corner, del que la Cámara de Comercio es arrendataria”. Por tanto, la viabilidad de las obras de la Cámara de Comercio “queda supeditada al cumplimento de los parámetros urbanísticos del Plan Especial del Puerto en el ámbito de la concesión, y el otorgamiento de la licencia al concesionario, de la que carece”.

El concesionario fue requerido en agosto de 2025 para que presentara el preceptivo proyecto de obra que abarcara todo el ámbito de la concesión. Tras diversas reuniones técnicas, ha tenido entrada en el mes de noviembre el último proyecto presentado por el concesionario, que está siendo analizado por los técnicos municipales a fin de ser informado y proseguir con la tramitación de la licencia de obras al mismo, así como con la posterior autorización de la actividad de oficinas, que constituye el amparo de la actividad individual de cada uno de sus arrendatarios.

Respecto a las obras ejecutadas por terceros incumpliendo la normativa urbanística, se deberá proceder restaurando la legalidad urbanística vulnerada, potestad irrenunciable y de obligado cumplimiento por el Ayuntamiento de Alicante por imperativo legal.

Necesidad de demolición de la planta ilegalizable

En segundo lugar, en relación con las medidas que debe adoptar la propia Cámara de Comercio para obtener la licencia de obra mayor, Disciplina Urbanística le recuerda que, como ya se les notificó en mayo y se les reiteró en agosto de 2025, “las obras solicitadas exceden del número máximo de plantas permitido en la zona I Sector 6 del Plan Especial del Puerto de Alicante, de tal modo que se deberán adoptar las medidas de restauración de la legalidad infringida y aportar un nuevo proyecto refundido que regularice tal situación y elimine la nueva planta prevista tal y como queda ésta definida en la normativa del vigente PGOU”.

Y añade que el 1 de agosto, la Cámara de Comercio presentó su último proyecto refundido. Sin embargo, advierte el oficio, “no constan, en la documentación hasta la fecha presentada, las medidas a adoptar al efecto de restaurar la legalidad infringida, ni consta en el proyecto presentado la parte relativa a la eliminación de todos los elementos constructivos de la segunda planta”. Por tanto, para la obtención de la licencia “deberá presentarse proyecto refundido que no incluya en ninguna parte de su contenido ejecución de ningún elemento constructivo, tabiquerías, solados, revestimientos, instalaciones, etc, respeto a la planta ilegalizable y que sí incluya la ejecución de los preceptivos trabajos de demolición de lo ilegalmente construido, ello en la consideración de que tal espacio no puede tener la consideración de planta a ningún efecto, tal y como viene definido en el PGOU de Alicante”.

Por último, respecto a la posible tramitación del proyecto como declaración responsable, Disciplina Urbanística aclara que “al margen de tratarse de unas obras que por su entidad, con afectación de elementos estructurales principales y alteración estructural del volumen, con sustancial incremento de edificabilidad, en el momento de la solicitud no quedaban amparadas bajo tal título habilitante, el incumplimiento de la normativa urbanística constatado dejaba ineficaz, en cualquier caso, tal declaración responsable”. Dada la restauración que se ha de acometer, “se ha de mantener el expediente de obra mayor que se está tramitando”, ha remarcado.

No hay demora

Desde Disciplina Urbanística dejan claro que “la actuación del Ayuntamiento no ha sufrido demora alguna imputable al Servicio de Disciplina Urbanística, cuyos tiempos han estado y están condicionados por las actuaciones requeridas al concesionario, la restauración de la situación física alterada en el ámbito de toda la concesión, así como de la específica que afecta a la Cámara de Comercio”, como han venido denunciado desde la Cámara.

Disposición

Concluyen ofreciendo su “entera disposición para solventar cualquier duda o cuestión cuya aclaración precisen, en aras al deber de colaboración que ha de presidir la relación entre ambas instituciones, del que esta Administración no se ha apartado en ningún momento”.

El traslado de los servicios municipales del antiguo hotel Palas al Centro 14 comenzará en la segunda mitad de diciembre
 

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