Condenado un monitor de surf de Alicante por agredir sexualmente a una exalumna, menor, sobre la tabla en el mar
A gran distancia de la orilla sacó dos copas de vino y con el pretexto de enseñarle posturas, se colocó debajo de ella y le realizó tocamientos

Audiencia Provincial de Alicante / EUROPA PRESS

Alicante
Un monitor de surf de 46 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a 18 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros por agredir sexualmente sobre una tabla en el mar a una joven, de 17 años, a la que conocía por haberle impartido clases de surf.
Los hechos tuvieron lugar el 12 de agosto de 2021 cuando ambos se hallaban en el agua frente al cabo de las Huertas de la ciudad de Alicante.
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Según la sentencia dictada por la Sección Tercera, el acusado, nacido en Venezuela, había coincidido con la víctima y le propuso una salida al mar compartiendo una tabla. Una vez que alcanzaron la boya que delimita la zona de baño, a gran distancia de la orilla, el procesado sacó dos copas de vino y le dijo a la perjudicada que pidiese un deseo para hacer un brindis.
Acto seguido y con el pretexto de enseñarle posturas para mantener el equilibrio, le dijo que se colocase sobre la tabla apoyada sobre las rodillas y codos mientras que él se colocaba bajo de ella tumbado boca arriba, y después le pidió que se sentase sobre su cintura y le tocó las piernas, glúteos y la zona de los pechos, a lo que ella le dijo que parase.
El condenado también le solicitó que se quitase los pantalones, a lo que ella le dijo que no y que quería regresar a la playa.
Una vez en tierra, donde la esperaba su padre, la joven se puso a llorar, le contó lo sucedido y acudieron a denunciar los hechos al puesto de Cruz Roja, tras lo cual se interpuso la denuncia penal hasta el juicio celebrado el pasado 20 de octubre.
El tribunal considera probada la agresión sexual en base al relato ofrecido por la víctima, que considera persistente y creíble, sin que pueda advertirse ningún interés espurio en perjudicar al procesado, quien por su parte negó los hechos tras alegar que era homosexual y que mantenía una relación de convivencia con su pareja, por lo que argumentó que la joven había malinterpretado lo sucedido.
En la condena por agresión sexual se aplica la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido entre el suceso y la celebración del juicio.
Además de los 18 meses de multa, la sentencia acuerda el alejamiento respecto de la víctima a una distancia mínima de 500 metros durante dos años y una indemnización de 1.000 euros por los daños morales en un fallo recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en diez días.




