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Condena firme contra un docente de Alcoy por acosar de forma insistente a un exalumno menor

El acusado reconoce los hechos tras dos años de hostigamiento a través de mensajes de telefonía y seguimientos personales

En el Palacio de Justicia de Alcoy se realizaron las diligencias previas y la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 ha decretado apertura de juicio oral ante el Juzgado de lo Penal de Alicante. / Radio Alcoy

En el Palacio de Justicia de Alcoy se realizaron las diligencias previas y la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 ha decretado apertura de juicio oral ante el Juzgado de lo Penal de Alicante.

Alcoy

El Tribunal de primera Instancia número 3 de Alcoy ha dictado sentencia firme contra un docente de Alcoy como autor responsable de un delito de acoso cometido sobre un exalumno que era menor de edad en el momento de los hechos. La resolución llega tras un proceso de conformidad en el que el encausado admitió íntegramente los hechos ante el juzgado.

Según recoge la sentencia de la Sección Civil y de Instrucción número 3, el condenado mantuvo entre julio de 2022 y septiembre de 2024 una conducta de hostigamiento reiterado hacia la víctima, residente en el municipio. El docente envió mensajes de forma "insistente" a través de aplicaciones de telefonía móvil y buscó de manera activa la "presencia y proximidad personal" del menor.

El tribunal determina que este comportamiento, no deseado por el joven, generó en la víctima una situación de incomodidad y alteración de su vida cotidiana. Los hechos han sido calificados jurídicamente como acoso por telecomunicaciones a menores de 16 años.

Al tratarse de una sentencia por conformidad en el marco de un juicio rápido, la pena se ha visto reducida conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El fallo establece una pena de multa de 8 meses con una cuota diaria de 8 euros (un total de 1.920 euros), la orden de alejamiento a 300 metros mínimo de la víctima, su domicilio o lugares frecuentados por esta durante un periodo de dos años, la prohibición de comunicación con el joven por cualquier medio o canal durante el mismo periodo y la indemnización al exalumno con 1.000 euros en concepto de perjuicios morales causados de responsabilidad civil.

Según ha podido saber Radio Alcoy la sentencia ya es firme, dado que ambas partes manifestaron su voluntad de no recurrir tras la vista. El cumplimiento de la pena de alejamiento y el pago de las costas procesales serán ahora supervisados por el Juzgado de lo Penal correspondiente.

 

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