El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Ayuntamiento de Benidorm contra la condena de 350 millones por Serra Gelada
La sala no aprecia "especial trascendencia constitucional" y el consistorio sigue teniendo que afrontar el pago de una indemnización histórica

Fachada de la Sede del Tribunal Constitucional / Europa Press

Benidorm
El Tribunal Constitucional tumba el recurso de amparo con el que el Ayuntamiento de Benidorm quería evitar el pago de 350 millones de euros a los propietarios del suelo en el APR7 de Serra Gelada.
En una providencia de ocho de enero de 2026 a la que Radio Benidorm ha tenido acceso en exclusiva la sección cuarta de la sala segunda del Constitucional rechaza admitir a trámite el recurso por “no apreciar en el mismo la especial trascendencia constitucional” que la ley fija como condición para su admisión.
Desde el Ayuntamiento indican estar "esperando directrices de los servicios jurídicos" antes de reaccionar a la noticia de la providencia conocida este martes. En el otro lado del conflicto la familia Murcia Puchades quiere ser “prudente” y también declina hacer declaraciones por el momento. Por su parte la portavoz del PSOE, Cristina Escoda, exige desde la oposición responsabilidades políticas y la dimisión del “alcalde de la quiebra” tras una decisión del TC que ha calificado tanto de “previsible” como de “preocupante”.
Sentencia sin precedentes en el urbanismo español
El consistorio benidormense vuelve así al punto de partida y se enfrenta a una sentencia firme que le obliga a pagar una indemnización de más de 350 millones de euros a las empresas Murcia Puchades Expansión SL y Urbana Villajoyosa 2000 SL, por unos terrenos situados en el Parque Natural de Serra Gelada, cuya edificabilidad fue anulada tras la declaración de protección ambiental.
La sentencia, que equivale a más del doble del presupuesto anual de la ciudad, compromete gravemente la estabilidad financiera del municipio.
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El origen del conflicto se remonta a 2003, cuando el Consistorio, entonces presidido por el popular Vicente Pérez Devesa, firmó un convenio con los propietarios de los terrenos del sector APR-7 para trasladar el aprovechamiento urbanístico de esas parcelas a otras zonas del municipio.
Tras la aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Serra Gelada en 2005, las parcelas quedaron afectadas por la declaración de Parque Natural. Pese a ello, los convenios seguían vigentes, con prórrogas firmadas por sucesivas corporaciones en 2010 y 2013.
En 2015, ante el incumplimiento del convenio, los propietarios valoraron los terrenos en 280 millones de euros y solicitaron su compensación en metálico o en especie. En 2018 interpusieron una reclamación judicial. En primera instancia, el Ayuntamiento obtuvo un fallo favorable, pero los propietarios recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que les dio la razón.
El TSJCV consideró que el Ayuntamiento había adquirido compromisos válidos, que no se habían cumplido, y fijó la compensación en 283 millones de euros, más intereses. El Tribunal Supremo inadmitió el recurso del consistorio en 2024, confirmando la sentencia y dejando la indemnización como firme.
El siguiente paso del Consistorio benidormí fue recurrir al Tribunal Constitucional interponiendo un recurso de amparo y solicitar la suspensión de la ejecución de sentencia en lo que se resolvia el recurso que, finalmente ha sido inadmitido.
El Ayuntamiento, presidido actualmente por el popular Toni Pérez, sostiene que los convenios son nulos de pleno derecho, al considerar que no se llegó a efectuar la cesión de terrenos ni se cumplieron los requisitos urbanísticos previos. Ha abierto varias causas judiciales paralelas para impugnar la validez de los acuerdos firmados y anular la responsabilidad patrimonial, una vía que todavía no se ha agotado.
En una de ellas, también con sentencia contraria al Ayuntamiento, notificada ayer, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ da por ‘válidos’ y ‘eficaces’ los convenios urbanísticos de Serra Gelada y anula el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Alicante que había avalado previamente la actuación municipal. En este caso la resolución no es firme y puede ser recurrida en un plazo de 30 días naturales.

Jorge García
Redactor en Radio Benidorm, edita y presenta Hora 14 y La Ventana de la Marina Baixa




