Directo Tchouameni empata contra el Benfica y evita los pitos del Bernabéu

SER Deportivos Elda
Fútbol

Un juzgado absuelve a los acusados por el presunto amaño de partidos del Eldense

La sentencia concluye que no se ha probado la manipulación de cinco encuentros ni la existencia de una trama para lucrarse con apuestas deportivas en 2017.

Nobile Capuani absuelto por la justicia / Cadena SER

Elda

El Juzgado ha absuelto a todos los acusados en el caso por el presunto amaño de partidos del C. D. Eldense relacionados con apuestas deportivas en 2017, al considerar que no ha quedado probada la existencia de los hechos delictivos que se les imputaban.

En la sentencia, el magistrado señala que no consta acreditado que Nobile Capuani actuara como representante legal de un grupo de inversión con la finalidad de lucrarse mediante la toma de control del club y la alteración de resultados para obtener beneficios económicos en apuestas deportivas. Tampoco se ha probado que Filippo Vito Di Pierro y Francisco Ruiz Casares obedecieran órdenes suyas en relación con la alineación de futbolistas para predeterminar resultados.

Más información

Asimismo, el fallo descarta que Jesús Chafer García tuviera asignada función directiva alguna para promover amaños, ni que Nicolás Chafer García contactara con otros jugadores con ese propósito. El juez concluye igualmente que no ha quedado acreditado que los acusados, actuando de forma concertada y con reparto de funciones, manipularan los resultados de cinco encuentros del C. D. Eldense disputados contra el C. D. Ebro (29 de enero de 2017), Villarreal B (18 de febrero de 2017), U. E. Cornellà (19 de marzo de 2017), C. F. Gavà (26 de marzo de 2017) y Barcelona B (1 de abril de 2017).

La resolución también rechaza que se haya probado la supuesta falsificación de la firma del entonces presidente de la Junta Gestora del club, Alfonso Ortuño Gil, en los contratos de los futbolistas Leonardo Abbruzzese, Edenilson Bergonsi y Hugo Leonardo de Marchi.

El juez considera que no procede imponer las costas a las acusaciones particulares, al no apreciarse mala fe ni temeridad en la interposición de la denuncia ni en la formulación de los escritos de acusación. Tras la celebración del juicio oral y la práctica de la prueba con observancia del principio de contradicción, el órgano judicial ha llegado al convencimiento de que procede la absolución.

En consecuencia, el fallo absuelve a Nobile Capuani, Filippo Vito Di Pierro, Francisco Ruiz Casares, Michael Wayne Fernández Greenwood, Jesús Chafer García y Nicolás Chafer García de todos los delitos que se les imputaban, declarando de oficio las costas procesales.

Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de diez días desde su notificación.

Raúl Belda

Responsable de la redacción de Deportes de Radio...