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La Audiencia de Valencia ordena reabrir la instrucción de la causa de José María Ángel, excomisionado del Gobierno de la DANA

La Audiencia Provincial acepta los recursos de Manos Limpias, la Diputación de Valencia y de forma parcial, el del Ministerio Fiscal

VALENCIA, 30/01/2025.- El Comisionado Especial del Gobierno para la Reconstrucción y Reparación de los daños provocados por la Dana, José Maria Àngel Batalla, informa en su primera rueda de prensa sobre la inminente constitución del Comité de Personas Expertas para la Reconstrucción y sobre la evolución de los trabajos al cumplirse tres meses desde la tragedia del 29 de octubre., este jueves en Valencia. EFE/ Ana Escobar

VALENCIA, 30/01/2025.- El Comisionado Especial del Gobierno para la Reconstrucción y Reparación de los daños provocados por la Dana, José Maria Àngel Batalla, informa en su primera rueda de prensa sobre la inminente constitución del Comité de Personas Expertas para la Reconstrucción y sobre la evolución de los trabajos al cumplirse tres meses desde la tragedia del 29 de octubre., este jueves en Valencia. EFE/ Ana Escobar / Ana Escobar (EFE)

VALENCIA, 30/01/2025.- El Comisionado Especial del Gobierno para la Reconstrucción y Reparación de los daños provocados por la Dana, José Maria Àngel Batalla, informa en su primera rueda de prensa sobre la inminente constitución del Comité de Personas Expertas para la Reconstrucción y sobre la evolución de los trabajos al cumplirse tres meses desde la tragedia del 29 de octubre., este jueves en Valencia. EFE/ Ana Escobar

Valencia

La Audiencia de Valencia ha estimado varios recursos contra el sobreseimiento de la causa abierta al excomisionado del Gobierno para la dana José María Ángel a raíz de una denuncia por falsedad documental del título con el que promocionó como funcionario, y ha ordenado el inicio de la instrucción.

En un auto notificado este miércoles, al que ha tenido acceso EFE, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial acepta los recursos de Manos Limpias y la Diputación de Valencia, y de forma parcial, el del Ministerio Fiscal, contra la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 4 de València de desestimar sus recursos contra el sobreseimiento de la causa.

Así, la Audiencia acuerda revocar la decisión impugnada, procediendo, en consecuencia, a dejar sin efecto el sobreseimiento de las actuaciones y ordenando el inicio de la instrucción.

El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de València desestimó los recursos de reforma presentados contra el sobreseimiento de la causa abierta al excomisionado del Gobierno al considerar que estaba prescrito el presunto delito de falsedad documental derivado de la supuesta falsificación en 1983 de un título de diplomado en archivística y biblioteconomía.

El magistrado consideró entonces que no se trataba de un delito continuado y tampoco apreciaba la comisión del delito de estafa en el excomisionado, quien dimitió el 31 de julio de 2025 tras la polémica sobre la titulación con la que promocionó de funcionario hace 43 años, y unos días después intentó suicidarse.

Respecto a la prescripción, la Audiencia señala en el auto notificado que no entra en consideraciones acerca de la posibilidad de que el delito de falsedad sea continuo o permanente e indica que, según la información remitida por la Diputación, Ángel habría solicitado sendas prórrogas en el servicio activo en los últimos años, los dos últimos los de 2023 y 2024.

A criterio de la Sala, la jurisprudencia de los TSJ pone de manifiesto que cada vez que el funcionario pide prórroga, no se limita a continuar en una situación ni tiene el derecho absoluto a la continuación, sino que debe alegar que reúne los requisitos de aptitud que en su momento le facultaron para optar al puesto en que desea continuar, o de otra manera, debe esgrimir de forma expresa o por remisión, expresa o tácita, los títulos que le amparan.

"La exigencia es tan evidente que de formular la petición excusándose de la titulación, la respuesta habrá de ser negativa por no ser apto para el destino en función de los requisitos normativos exigidos al efecto", advierte el auto. Por ello, y no siendo descartable que el denunciado haya hecho valer su título falso en demostración del cumplimiento de su preparación, de su condición de apto para acceder a las prórrogas en el servicio activo, "no se dispone de la necesaria claridad de hechos" para ceñir el cómputo de la prescripción al momento de su presentación en la década de los ochenta, según añade.

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